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Gobierno ingresó proyecto que crea un estatuto de protección al funcionario público denunciante.

Entre los puntos centrales de la iniciativa, se establece la creación de un canal de denuncia centralizado, soportado a través de una plataforma electrónica, a cargo de la Contraloría General de la República; y se disponen normas para la debida reserva de la identidad del denunciante.

12 de junio de 2020

Inhibir, detectar y sancionar hechos constitutivos de delito o de faltas administrativas o infracciones disciplinarias, perpetrados al interior de la administración del Estado, facilitando que su personal y personas particulares puedan denunciar la comisión de aquellos, son los objetivos del Ejecutivo respecto del proyecto de ley ingresado a trámite legislativo a la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
Para lo anterior, la iniciativa plantea un nuevo canal de denuncia, paralelo a los demás procedimientos existentes en el sector público, que permita a toda persona alertar sobre la perpetración de acciones u omisiones que importen atentados contra el recto ejercicio de la probidad pública, atacando fuertemente el germen de la corrupción.
Más en concreto, la propuesta, enviada a consideración de la Comisión de Constitución, plantea incorporar una ley independiente que contendrá un estatuto de protección en favor del denunciante, a través del cual se crea el citado canal de denuncia centralizado, soportado a través de una plataforma electrónica.
Para lo anterior, el texto regula que será la Contraloría General de la República el órgano público a cargo de su implementación y gestión, al tiempo que se disponen normas para la debida reserva de la identidad del denunciante, así como de la denuncia y de los antecedentes acompañados a esta.
Asimismo, se avanza en un reforzamiento de las medidas de protección en favor del denunciante y el establecimiento de medidas correctivas; se define un deber de denuncia aplicable a todo el personal de la administración del Estado; y se determina una sanción para el funcionario público que ejerce acciones de hostigamiento en contra del denunciante o testigo.
Por último, se promueven medidas de protección en favor del denunciante de un hecho que reviste caracteres de delito en el sistema procesal penal y, para dotar de seriedad al sistema, se modifica el Código Penal en lo referente al delito de denuncia calumniosa para ponerlo en sintonía con esta nueva regulación.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis boletín Nº13565

 

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