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Rutas del Loa.

Primer Tribunal Ambiental deberá pronunciarse respecto de reclamación deducida por Municipalidad de Sierra Gorda contra resolución de la SMA que ordena no ingresar a SEIA proyecto vial.

La causa se encuentra en estado de acuerdo, designándose para la redacción de la sentencia al Ministro señor Opazo Lagos.

14 de junio de 2020

El Primer Tribunal Ambiental deberá pronunciarse respecto de una reclamación deducida por la Municipalidad de Sierra Gorda contra una resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que ordena no ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) proyecto vial denominado “Rutas del Loa” que pretende la construcción de una ruta de 111 kilómetros que uno Carmen Alto con Calama.

La reclamación se basa en tres puntos que tienen relación con la tipología de la autopista, los sitios históricos bajo protección oficial y el reasentamiento de comunidades humanas o la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres. Así, la SMA reitera un argumento erróneo respecto a que el proyecto no implica la construcción de una autopista, cuando, de hecho, considera dos pistas unidireccionales por calzadas separadas por una mediana, diseñadas para una velocidad de 120 kilómetros por hora, la que está autorizada sólo para autopistas; además de la construcción de áreas de servicios, plazas de peaje y edificio concesionario, cuestión que obedece a una autopista.

Por su parte, respecto de los sitios históricos, la Municipalidad señala que existe un temor fundado de que estas zonas se vean perjudicadas, ya que no fue considerado ni en la fase de construcción, no de operación el Plan Regulador de la comuna que establece como áreas especiales de preservación y restauración las oficinas Chacabuco, Pampa Unión, Estación Chela y Oficina Lina.

Finalmente, respecto del reasentamiento de comunidades humanas o la alteración significativa de los sitemas de vida y costumbres de grupos humanos, la reclamante alega que el bypass de la ruta afectaría la comunidad de Sierra Gorda. No se consideró una evaluación sobre el impacto socioeconómico que tendría el proyecto sobre la comunidad, considerando que la lejanía de éste bypass afectaría a la población que se sustenta del comercio de paso, produciéndose un fenómeno similar a lo ocurrido en Baquedano.

 

Vea texto íntegro del expediente R-29-2019

 

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