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Escala de multas.

TC escuchó alegatos de fondo de inaplicabilidad que impugna norma que permitiría sancionar a infractor del Código del Trabajo con montos variables según tamaño de empresa.

Se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designándose como redactores del fallo a la Presidenta, Ministra Brahm y al Ministro García.

22 de junio de 2020

En audiencia celebrada ante el Pleno del Tribunal Constitucional, se escucharon los alegatos de fondo del requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugna el artículo 506 del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en actual conocimiento de la Corte de Antofagasta, por recurso de nulidad laboral, en los que la Universidad requirente fue sancionada por 60 UTM, por la Inspección del Trabajo, en virtud de una infracción laboral.

Se anunciaron para alegar, por la parte requirente, la Abogada Macarena de los Ángeles Carvallo Silva; y por la Dirección del Trabajo la Abogada María Elena Alegría Esteban.

Al respecto, cabe recordar que la Universidad requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso, toda vez que vulnera el principio de la proporcionalidad de las sanciones establecidas en el artículo 19 numero 2 y 3 de la Constitución Política de la República, pues estamos frente a una norma legal que sanciona de manera indeterminada sin una definición clara de parámetros para establecer que hechos constituyen una infracción, lo cual vulnera el deber del legislador de señalar con claridad la sanción aplicable a una infracción determinada, por lo cual es la propia administración, y no la ley, quien determina la sanción arbitraria, marco en el cual no existe relación de equilibrio entre el castigo impuesto y la conducta imputada, además de que no existe distinción ni clasificación de ellas.

Por su parte, se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designándose como redactores del fallo a la Presidenta, Ministra Brahm y al Ministro García.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 8594-20.

Vea alegatos de las partes.

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