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COVID-19.

Se presenta ante el Tercer Tribunal Ambiental segundo informe de cumplimiento de conciliación que incide en reparación de daño ambiental por derrame de petróleo en Tierra del Fuego.

El demandado señala que ha dado cumplimiento a los compromisos establecidos en relación con los componentes hídrico, edáfico, biótico, a la disposición de residuos generados en lugares autorizados e involucramiento ciudadano.

30 de junio de 2020

Se presentó ante el Tercer Tribunal Ambiental, para su aprobación, un segundo informe de cumplimiento del acuerdo de conciliación que puso término al procedimiento de demanda por daño ambiental deducida en contra de YPF Chile S.A., por la falta de diligencia o debido cuidado en el ejercicio de la actividad que desarrolla en la Comuna de Primavera.

Cabe recordar, que el demandado se comprometió, en el referido acuerdo, a comunicar a la Municipalidad de Primavera y al Tercer Tribunal Ambiental el estado de avance de las medidas de limpieza y reacondicionamiento con una periodicidad cuatrimestral. El plazo para la ejecución de esta medida de cuenta desde la celebración del acuerdo de conciliación entre las partes, aprobado por el Tercer Tribunal Ambiental.

En general, el demandado señala que ha dado cumplimiento a los compromisos establecidos en relación con los componentes hídrico, edáfico, biótico, a la disposición de residuos generados en lugares autorizados e involucramiento ciudadano. En los casos en que no ha sido posible dar cumplimiento durante el segundo periodo cuatrimestral por la contingencia que atraviesa el país, acompañó el comprobante respectivo para acreditarlo.

En específico, se acompañan dos documentos, remitidos por el laboratorio que realiza los muestreos necesarios para la elaboración de los informes y por el Alcalde de Primavera; en síntesis, señalan ambos documentos que dada la situación actual a causa del COVID-19, no se encuentran dadas las condiciones para llevar a cabo las actividades presenciales de cumplimiento del acuerdo, por temas de prevención y cuidado sanitario de la población y personas en general, puesto que se hace imperativo respetar todas las medidas tendientes a exponer a las personas y respetar el distanciamiento social.

Por su parte, el Tribunal ambiental dio traslado a la Municipalidad para que presente sus observaciones respecto del informe deducido por YPF Chile S.A.

 

Vea texto íntegro del expediente Rol D-39-2018.

 

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