Artículo 174 en su inciso segundo.
Juzgado Civil de Santiago condena a empresas de buses por accidente de tránsito en Antofagasta.
El Tribunal estableció la responsabilidad de la empresa por el accidente provocado por conductor que conducía bus de su propiedad.

El Segundo Juzgado Civil de Santiago condenó a la Empresa de Transportes Rurales Tur Bus SpA a pagar una indemnización de $15.000.00 a pasajero que resultó lesionado en accidente de tránsito registrado en Antofagasta, en octubre de 2014.
La sentencia indica que el artículo 174 en su inciso segundo de la Ley del Tránsito dispone lo siguiente:
‘El conductor, el propietario del vehículo y el tenedor del mismo a cualquier título, a menos que estos últimos acrediten que el vehículo fue usado contra su voluntad, son solidariamente responsables de los daños o perjuicios que se ocasionen con su uso, sin perjuicio de la responsabilidad de terceros de conformidad a la legislación vigente (…)’.
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