Noticias

Publicado en el Diario Oficial el 22 de Julio de 2020.

Reglamento que regula el Derecho de Atención Preferente para mayores de 60 años y personas con discapacidad ya se encuentra publicado.

El reglamento otorga atención preferencial y prioritaria en otorgamiento de horas de consultas, interconsultas, exámenes y farmacia.

22 de julio de 2020

El Reglamento que “Regula el Derecho a la Atención Preferente” da cumplimiento a la ley Nº 21.168 que modifica la ley Nº 20.584 sobre derechos y deberes de los pacientes, a fin de crear el derecho a la atención preferente, publicada con fecha 27 de julio de 2019. Dicha ley favorece a las personas mayores y personas con discapacidad, por lo que para facilitar la operatividad de su contenido, el artículo transitorio de la ley, dispuso: "El reglamento, que deberá dictarse dentro del plazo de seis meses contado desde la publicación de esta ley, establecerá la forma en que se aplicará la atención preferente en cada establecimiento de salud".
El Reglamento señala que tendrán derecho atención preferente y oportuna, las personas mayores de 60 años y aquellas con discapacidad. Esta atención preferente consiste en la accesibilidad universal y comunicacional; se deberá contemplar un número mínimo diario de horas de atención protegidas, que se asignarán para la atención preferente de los beneficiados; interconsultas prioritarias; hora para exámenes y dispensación de medicamentos en la farmacia preferente.
Los normas anteriores no obstan a la priorización que corresponda aplicar según la condición de salud de emergencia o urgencia de los usuarios, de acuerdo al sistema de categorización establecido vía triage.

Vea texto íntegro del Decreto número 2, de 2020.- Aprueba Reglamento que Regula el Derecho a la Atención Preferente dispuesto en la ley Nº 20.584.

RELACIONADOS
* Moción busca crear una Comisión permanente del Adulto Mayor en la Cámara de Diputados…
* Presentan proyecto de ley que modifica el Código de Procedimiento Civil para declarar inembargables los bienes pertenecientes a adultos mayores…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  1. En el Mall Tobalaba de Puente Alto ,las 2 Farmacias Salgo Brand no respetan la atencion Pregerencian en la entrega de Remedios Ges tengo tercera edad y discapacidad.Quien regula que cumpla » la Ley preferemcial»?

  2. El día 04.06.2021 en Jumbo de El Arenal de Talca. Realicé una compra y me acerqué a una caja con cartel Preferencial para adultos mayores. Tengo 71 años y habiendo en dicha fila jóvenes de aprox. 20 años el ella solicito a la cajera me atienda haciendo valer lo preferencial ésta llamó a una supervisora quien me negó dicha atención diciendo que no podía exijir preferencial que se atendía a todos por igual. Solicité hablar con el Jefe de Local quien no se presentó. Hice un reclamo por escrito en libro de reclamos y otros del Jumbo. Me sentí humillada ante el trato vejatorio a mi persona, que soy de alto riesgo en esta pandemia.
    Hago esta denuncia para que no sigan mintiendo con carteles publicitarios de atención preferencial a adultos mayores.