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Proyecto presentado ante el Senado.

Moción busca proteger la integridad psíquica las personas, prohibiendo el cobro de multas o intereses y gestiones de cobranza durante la pandemia.

La crisis económica ha provocado de muchas personas se encuentren morosas y se vean afectadas por llamadas de cobranza.

24 de julio de 2020

La Moción busca prohibir y sancionar de manera excepcional el cobro de multas, intereses, utilización de cláusulas de aceleración, gastos de cobranza judicial y extrajudicial, publicación de morosidades, y llamadas telefónicas de cobranza, en el periodo va desde la declaración del estado de catástrofe causado por el COVID 19, hasta 6 o 12 meses según se especifica, para con ello aliviar a los sectores más vulnerables y la clase media, del estrés de no poder cumplir en caso de morosidad o simple retardo.
El proyecto señala que a causa de la crisis económica surgida por la pandemia, diversos sondeos han expuesto que ha aumentado la morosidad de las personas, que se han visto abocadas a pagar los gastos de vida esencial, como alimento y vivienda. La ley de protección del consumidor protege del acoso telefónico de los acreedores y de cobranza extrajudicial, pero lamentablemente las empresas se manejan al límite de ella o la incumplen, provocando en las personas mucha angustia y vulneración a su derecho a la integridad psíquica.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca evitar el hostigamiento o acoso a las personas al caer en morosidad y simple retardo en el pago de sus créditos hipotecarios, de consumo, tarjetas de crédito, cuentas de teléfono, internet o cualquier servicio básico.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13659-03.

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