Impuesto al voto.
CS de EEUU rechazó apelación dirigida contra sentencia de Tribunal Federal que determinó que los condenados en el Estado de Florida no podrían participar en elecciones.
La decisión fue acordada con tres votos en contra, quienes consideraron que la orden de la Corte evita que miles de votantes habilitados participen en las elecciones primarias presidenciales de Florida, simplemente porque son pobres.

La Corte Suprema de Estados Unidos se negó a revocar una decisión de un Tribunal Federal de Apelaciones, que determinó que algunos condenados, aquellos que no hayan pagado sus multas o tarifas o no han restituido lo que deben, en el Estado de Florida no pueden participar en las próximas elecciones presidenciales.
Es necesario mencionar que la privación de derechos de los condenados a ciertos delitos, ha sido un tema muy discutido desde el 2018, cuando por plebiscito se aprobó la 4° enmienda a la ley electoral del estado, que permitía a la mayoría de las personas en esta situación registrarse para votar, se excepcionaba de este beneficio aquellos que habían sido condenado por homicidio, delitos sexuales o cualquier otro delito considerado grave. Desde entonces, 85.000 personas con condenas se han registrado. Sin embargo, en 2019 el Gobernador agregó como requisito que todas las multas, tarifas y restituciones que se encuentren impagas o morosas deben cumplirse antes de poder registrarse.
La decisión incide en una causa civil en que el juez de la instancia habría autorizado a varios condenados para registrarse para votar, en consideración que las reformas a la ley crearon un caos administrativo y, en esencia, establece a imponer por ley un impuesto para ejercer el derecho a sufragio, cuestión que sería inconstitucional; sin embargo, dicha sentencia fue revocada por la Corte de Apelaciones para el 11° Circuito. Es así, como el Centro Legal de Campaña en Washington, entre otros, solicitaron al Tribunal Suprema estadounidense levantar la suspensión impuesta, bajo argumento que la decisión del Tribunal de alzada habría causado caos en la comprensión de las reglas electorales.
Te puede interesar

Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Corte IDH anuncia que solicitará como prueba de oficio la declaración de la víctima.

Llevará el apellido de ambos padres.
Niña argentina tiene dos papás y una mamá.

Conjunto de lineamientos.
CIDH adopta Resolución 4/20 que establece Directrices Interamericanas sobre los «Derechos Humanos de las personas con COVID-19».

