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A fin de mantener la disponibilidad de alimentos y contener el contagio.

Presentan proyecto de ley que regula el funcionamiento de las ferias libres durante la pandemia.

Se busca regular el cierre temporal de las ferias por parte de las Municipalidades y establecer medidas sanitarias para su funcionamiento.

1 de agosto de 2020

La Moción busca prohibir la suspensión unilateral de las ferias libres por parte de las autoridades, permitiéndose sólo en los casos en que exista acuerdo entre los comerciantes y la autoridad competente, y para que ello se concrete debe asegurarse la alimentación a la población local que accede a la feria como canal alimentario. Asimismo, se incorporan algunas normas sanitarias para el funcionamiento de la feria libre, durante una pandemia o epidemia.
El proyecto se fundamenta en que es preciso fortalecer el funcionamiento de las ferias libres durante la pandemia, considerando la importancia que tienen para garantizar el acceso a alimentos saludables para la población, y entendiendo que para evitar que se transformen en un foco de contagio, es necesario fiscalizar la implementación de las medidas sanitarias necesarias para impedir la propagación del virus Covid-19. Los cierres actuales de algunas ferias libres en comunas de la capital no solo generan impacto económico en el mismo feriante y su familia, sino que además el desabastecimiento de la población local, y el desplazamiento a otras comunas en búsqueda de la misma oferta, lo que evidentemente aumenta el contagio.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca proteger el funcionamiento de las ferias libres, prohibir el cierre unilateral de las mismas, entendiendo que esta medida debe ser de ultima ratio. Y obligar a que, en los casos en que sea absolutamente necesario, cerrar las ferias libres, se tomen las medidas necesarias para garantizar el acceso a alimentos saludables para la población que se abastece en ellas.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13680-06.

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