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Moción presentada en el Senado.

Proyecto de ley busca el reconocimiento de las uniones o convivencias legales de hecho.

El objetivo principal del proyecto ingresado es proteger al conviviente sobreviviente en caso de fallecimiento de su pareja.

16 de agosto de 2020

La Moción busca entregar soluciones hacia aquel grupo familiar que decide construir su unión de hecho bajo la modalidad de relación afectiva de forma permanente y estable, estableciendo derechos patrimoniales en los casos de fallecimiento de uno de los convivientes de hecho.
El proyecto tiene su fundamento en la obligación del Estado de promover el bien común y crear las condiciones para que todos los ciudadanos puedan ejercer la vida en plenitud, sin atentar la libertad de los demás ni infringir las leyes de la nación, resulta razonable impulsar modificaciones legales que aborden este nuevo escenario social que impacta en la esfera afectiva, sentimental y patrimonial. En la actualidad, existen múltiples formas de formar familia, lo que ha juicio de los proponentes, son merecedoras de reconocimiento sin discriminación arbitraria, debido a que dos personas que compartan un hogar de forma permanente, regular y estable, construyan lazos afectivos, se apoyen mutuamente y, además, se dediquen al cuidado y a la crianza de hijos comunes o no comunes, no requeriría que su existencia e interacción la ocasione un vínculo matrimonial. Este reconocimiento legal no existe para parejas que mantengan una relación de convivencia o de hecho.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca agregar un nuevo Título IX a la Ley N° 20.830, sobre Acuerdo de Unión Civil y de los Convivientes Civiles, otorgando una regulación a las parejas de hecho. El proyecto propone que se reconozca la situación de pareja de hecho a aquellas parejas que mantengan una comunidad de vida por más de 5 años continuos, reconociendo derechos sucesorios para el cónyuge sobreviviendo.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado de la República.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13712-07.

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  1. en la actualidad está reconocido legalmente en la legislación chilena la convivencia de hecho ? puede alegar una mujer o hombre la convivencia de hecho y que le reconozcan patrimonio ?