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Moción.

Proyecto de ley modifica requisitos para postular y conceder el beneficio de la libertad condicional.

Se busca establecer requisitos más definidos para optar al beneficio.

26 de agosto de 2020

La Moción, patrocinada por los Diputados Ascencio, Calisto, Flores, Matta, Meza, Pérez, Sabag y Verdessi, modifica el Decreto Ley 321, sobre Libertad Condicional, a fin de que quienes opten a sustituir la pena impuesta, deban alcanzar estándares mínimos que avalen su resocialización y que contribuyan en la vida en sociedad.
Actualmente la carencia de requisitos precisos respecto al otorgamiento de beneficios carcelarios trae consigo que se interprete lo anterior como un derecho ya otorgado, señala la Moción. Al contrario, debe establecerse que si se cumplen con determinadas condiciones taxativas luego debiera analizarse en su contexto y considerando los informes periciales de cada individuo.
La iniciativa busca también que el delito de homicidio simple se encuentre entre las conductas que ameriten el cumplimiento de al menos dos tercios de la condena establecida para que el condenado pueda postular a algún tipo de beneficio penitenciario, y también postula que el informe psicosocial realizado por gendarmería sea vinculante y deba ser favorable para que el candidato siga el curso de la postulación.
Para cumplir con el objetivo principal de establecer requisitos más definidos para optar al beneficio, el proyecto sustituye el numeral 3 del artículo segundo del Decreto Ley en comento, en el siguiente tenor: “3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos. Dicho Informe podrá ser favorable o desfavorable, sin embargo solo una recomendación favorable permitirá al candidato optar a la sustitución de la pena, de lo contrario el tribunal no podrá conceder beneficio alguno”.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13721-07.

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