Falta de antecedentes.
Tercer Tribunal Ambiental rechaza solicitud de medida cautelar respecto de reclamación por calificación favorable de proyecto de almacenamiento de gas en Temuco.
Debe acreditarse la verosimilitud de la pretensión invocada, mediante antecedentes que constituyan, a lo menos, presunción grave del derecho que se reclama y que exista una situación de peligro derivado de la mantención de los hechos que motivan la solicitud.

El Tercer Tribunal Ambiental rechazó una solicitud de medida cautelar respecto de una reclamación deducida contra la calificación favorable del proyecto “Almacenamiento de gas GLP centro de distribución Temuco”.
El reclamante solicita la suspensión de los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental impugnada, para evitar el inminente perjuicio por la gravedad y plausibilidad de los vicios denunciados en la respectiva reclamación, los que podrían generar daños irreparables, al medio ambiente y a las personas de haberse iniciado las obras del proyecto.
Por su parte, la reclamada, en su oportunidad de traslado, expresó la necesidad de rechazar la medida cautelar, por cuanto, no existe a su juicio verosimilitud en la pretensión con antecedentes que permitan desvirtuar la presunción de legalidad del acto reclamado, además señaló no haberse presentado antecedentes que constituyan presunción grave de las alegaciones planteadas y tampoco existe necesidad de cautela urgente.
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