Moción.
Proyecto de ley que sanciona a quienes suban los precios en tiempos de catástrofe o emergencia sanitaria continua su tramitación en la Cámara de Diputados.
A fin de terminar con esta práctica que afecta a los consumidores.

La Moción, patrocinada por las Diputada Núñez, en conjunto a los Diputados Fuenzalida, Gutiérrez, Núñez, Rey, Santana, Soto, Urruticoechea y Walker, modifica la Ley 18.415, orgánica constitucional de los Estados de Excepción, para sancionar con penas de cárcel la especulación, usura y acaparamiento de bienes de primera necesidad y productos cuyos precios hayan sido establecidos por las autoridades.
La iniciativa propone modificar la Ley 16.282, que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes, subiendo la pena en un grado al delito del artículo 5 que sanciona a quienes se negaren infundadamente a vender al público para su consumo ordinario, o condicionen la venta de productos como alimentos, vestuarios, medicamentos y artículos farmacéuticos, combustibles, entre otros.
Asimismo, el aumento de pena se aplicará a quienes vendan los citados bienes a precios superiores a los establecidos por la autoridad; o a un precio ilegítima y desmesuradamente superior a aquel que poseían inmediatamente antes de la ocurrencia del sismo o catástrofe; con engaño en la calidad, peso o medida o los oculten con la intención de provocar un alza en el precio o desabastecimiento, y a quienes comentan el delito de comerciar, a sabiendas, con bienes destinados a ser distribuidos gratuitamente en la zona afectada por la catástrofe.
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