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Proyecto de ley modifica las normas de admisión escolar para facilitar el acceso de estudiantes a los establecimientos educacionales con modalidad de internado y de aquellos con necesidades educativas especiales permanentes.

El Sistema de Admisión Escolar no permitiría postular a internados.

21 de septiembre de 2020

La Moción, patrocinada por los Senadores José García, Carlos Montes, Jorge Pizarro y Jaime Quintana y la Senadora Yasna Provoste, propone modificar el Decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, a fin de modificar las normas relativas a la admisión escolar para facilitar el acceso de estudiantes a los establecimientos educacionales con modalidad de internado y de aquellos con necesidades educativas especiales permanentes.
El proyecto señala que el Sistema de Admisión Escolar tiene por objeto concretar los principios de mayor transparencia, facilitando a las familias la posibilidad de elegir para sus hijas e hijos los establecimientos que reciben subvención estatal, a través de una plataforma web, dejando atrás los procesos muchas veces que escondían fuertes discriminaciones. Sin embargo, en la ley vigente no se reconoce la realidad de los internados a lo largo de nuestro país. Se ejemplifica con la situación del Internado Nacional Barros Arana, ya que si bien cuenta con 800 cupos para internado, solo tiene 80 estudiantes matriculados; a pesar de las gestiones realizadas por la comunidad educativa para mejorar esta situación, las autoridades educacionales señalan que existe una restricción en el Sistema de Admisión Escolar que impide a los interesados postular a la opción de internado.
A fin de facilitar el ingreso a estos establecimientos educacionales, la iniciativa propone exceptuar del Sistema de Admisión Escolar un porcentaje de cupos para la matrícula de estudiantes que deseen ingresar a los establecimientos que funcionan bajo la modalidad de internado, haciendo que de esta forma sean esas mismas comunidades escolares los que definan la manera de llenar esos cupos, sin que se afecte la continuidad en el funcionamiento de aquellos establecimientos.
En concreto, la iniciativa propone, entre otras enmiendas, agregar a la normativa que regula subvención del Estado a establecimientos educacionales, la siguiente disposición:
“Artículo 7° octies: Los establecimientos que tengan la modalidad de internado, deberán considerar cupos especiales dentro del total de la matrícula disponible, para la postulación de las y los estudiantes de fuera de la comuna en que dichos internados se encuentren.
Para acogerse a esta modalidad, cada establecimiento escolar con internado deberá indicar al Ministerio de Educación la cantidad de cupos especiales respecto del total de cupos, con al menos dos meses antes de la fecha de postulación, los que no podrán ser inferiores al cincuenta por ciento de cupos disponibles.”
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Educación y Cultura del Senado.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13795-04.

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