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Remisión prejudicial.

TJUE determina que Francia fundamentó correctamente la necesidad de prohibir ciertos insecticidas para proteger a las abejas.

La Unión de empresas para la protección de las plantas se opusieron a la prohibición.

19 de octubre de 2020

Las abejas están desapareciendo por culpa de los insecticidas, tema que preocupa a los gobiernos y, ante lo cual, Francia prohibió totalmente el uso de las sustancias tóxicas usadas en la agricultura llamadas acetamiprid, clotianidina, imidacloprid, tiacloprid y tiametoxam. El Reglamento (CE) n.º 1107/2009 que armoniza la autorización de sustancias activas y de productos fitosanitarios en la Unión Europea, también prohíbe el uso de las sustancias previamente nombradas, pero con excepciones y como medidas de emergencia.

La Union des industries de la protection des plantes interpuso ante el Consejo de Estado francés, un recurso con el fin de que se anulara el citado Decreto, ya que estimaban que la medida era incompatible con el Reglamento, porque el prohibir de forma total no es una medida excepcional de emergencia y porque Francia no citó el reglamento al informar al Consejo Europeo del Decreto.

A causa de ello, el Consejo pregunta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) si la Directiva sobre las comunicaciones entre los Estados Miembros y el Reglamento de armonización, deben interpretarse en el sentido en que se considera que la comunicación del Decreto al Consejo, constituye una información oficial de la necesidad de adoptar medidas de emergencia y si estas medidas pueden ser permanentes.

En su sentencia el Tribunal de Justicia indica que el Estado miembro informa correctamente a la Comisión de la UE, sin que dicha información deba presentar ninguna forma en particular. Además, señala que la Comisión debe respetar los principios de cooperación leal y de buena administración, por lo que la comunicación de una medida nacional que prohíbe el uso de determinadas sustancias activas constituye una información oficial de la necesidad de adoptar medidas de emergencia cuando esa comunicación contenga una exposición clara de los elementos que demuestren, por un lado, que dichas sustancias activas pueden constituir un riesgo grave para la salud humana o animal o para el medio ambiente y, por otro, que dicho riesgo no podría controlarse de manera satisfactoria de no adoptarse urgente y de forma permanente, las medidas tomadas por el Estado francés.

La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio, pero dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, causa C‑514/19.

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