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Imagen: blogspot.com
Mensaje.

Proyecto de ley establece una modalidad especial de pensión para los afiliados y pensionados calificados como enfermos terminales.

De modo que tengan acceso a sus ahorros previsionales en vida.

1 de noviembre de 2020

El Mensaje Nº210-368 ingresado por el Presidente de la República al Senado, propone crear una modalidad especial de pensión para los afiliados que sean calificados como inválido total y que sufran una enfermedad terminal, quienes podrán acceder a una renta temporal con cargo a los fondos disponibles en su cuenta de capitalización individual, la que se calculará por dos años y, deberá considerar el capital necesario para el pago de pensiones de sobrevivencia y la cuota mortuoria.

Se fundamenta en que actualmente las personas que tengan una enfermedad terminal no pueden acceder a sus ahorros previsionales, a pesar de que hayan visto reducida su expectativa de vida. Ello, con el fin de que puedan disfrutar de un mejor pasar de su enfermedad en sus últimos años de vida.

La iniciativa establece una definición de persona enferma terminal, los requisitos para solicitar esta modalidad de pensión, las formas de cálculo y el procedimiento para obtenerlo.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados,

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº13853-13 y siga su tramitación aquí.

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