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Imagen: pjud.cl
Publicación.

Dirección de Estudios de la Corte Suprema actualiza informe sobre violaciones a DD.HH. durante el estallido social.

La CS realizó un estudio sobre las causas sobre violaciones a derechos humanos en las diversas jurisdicciones del país.

10 de noviembre de 2020

La Dirección de Estudios de la Corte Suprema ha actualizado las estadísticas del artículo “El rol del Poder Judicial en el conocimiento de las acciones judiciales relacionadas al estallido social”, publicado en abril de 2020. La publicación tiene por objeto relevar el rol del Poder Judicial en el conocimiento de determinadas acciones judiciales presentadas durante el período denominado estallido social, con el fin de proteger los Derechos Humanos de las personas.

Para cumplir con dicho objetivo, la Dirección consideró como fuente de información los datos disponibles en los sistemas informáticos de tramitación de causas del Poder Judicial; posibilitando la lectura de causas ingresadas en juzgados de garantía, relacionadas con amparos legales y delitos asociados a vulneraciones a los derechos humanos, y a causas ingresadas en Cortes de Apelaciones relativas a amparos constitucionales en que el sujeto activo correspondió específicamente a un agente del Estado.

Posteriormente realizó un análisis estadístico y descriptivo que posibilitó la caracterización de las causas que fueron leídas y cuyo delito se habría producido en el contexto de las movilizaciones sociales, así como de las Audiencias de Control de la Detención que permitieron proporcionar una mirada más amplia del comportamiento de ingresos acaecidos durante este período.

En la actualización, se procedió a la actualización individual de las causas correspondientes a delitos relacionados con violaciones a los derechos humanos ingresadas entre el 18 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2019, con objeto de precisar su estado de tramitación al 30 de septiembre del 2020.

De acuerdo a esta revisión se observó que la mayoría de las causas aún se encuentran en tramitación y que un 15% de estas causas han sido registradas como concluidas. Dentro de estas últimas, se observa que un 45% fueron registradas terminadas por su acumulación a otras causas relacionadas. Con un 27,2% el segundo motivo más frecuente de término fue la facultad del Ministerio Público de no perseverar en el procedimiento por no haberse reunido los antecedentes necesarios para fundar una acusación, tal como lo que establece el artículo 248 letra c) del Código Procesal Penal.

Finalmente, resulta relevante detallar que en ninguna de las causas revisadas se ha dictado sentencia definitiva, por lo que todavía no es posible informar las sanciones aplicadas y medidas de reparación adoptadas en estos casos.

 

Vea texto íntegro del artículo “El rol del Poder Judicial en el conocimiento de las acciones judiciales relacionadas al estallido social” y de su actualización.

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