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Imagen: infobae.com
Moción.

Proyecto de reforma constitucional establece incentivos a la participación de jóvenes en el proceso y el órgano constituyente.

Los partidos políticos también recibirán recursos para implementación de programas de fomento.

17 de noviembre de 2020

La Moción, patrocinada por los Diputados Tomás Andrés Fuentes y Diego Schalper, propone generar un incentivo a los partidos políticos para que promuevan candidaturas de jóvenes, los que, para estos efectos, serán aquellos sujetos mayores de 18 y menores de 35 años, aplicable sólo a la elección de los convencionales constituyentes. Igualmente, se dispone de un reembolso adicional de sus gastos electorales, de cargo fiscal, de 0,0100 unidades de fomento por cada voto obtenido. También, establece un incentivo pecuniario en favor del partido por cada joven proclamado como convencional constituyente por el constituyente por el Tribunal Calificador de Elecciones, e igualmente busca alivianar la carga económica de jóvenes que decidan competir por un escaño en la Convención. Los recursos entregados a los partidos serán destinados a la implementación de programas y al desarrollo de actividades de fomento a la inclusión y participación de jóvenes en política.

El proyecto señala que el alto nivel de participación de jóvenes que se interesaron en el mismo, interés que se espera persista con miras a las elecciones de los convencionales constituyentes. Ante ello, los partidos políticos deben fomentar la participación juvenil en la elección de los nuevos constituyentes, como uno de sus objetivos prioritarios, no sólo en el marco de la creación de una nueva Constitución, sino en todo comicio que tenga por objeto la provisión de cargos de elección popular, ya que no pueden estar ausentes de la vida política y la construcción de políticas públicas.

En concreto, la iniciativa propone incorporar en la Constitución, un nuevo artículo transitorio en los siguientes términos:

“CUADRAGÉSIMA TERCERA. Sólo para los efectos de la elección de convencionales constituyentes del año 2021, en el caso de los candidatos de entre 18 a 35 años de edad que hayan sido proclamados electos por el Tribunal Calificador de Elecciones, los partidos políticos a los que pertenezcan tendrán derecho a un monto de quinientas unidades de fomento por cada uno de ellos. Dichos recursos serán destinados a la implementación de programas y al desarrollo de actividades de fomento a la inclusión y participación de jóvenes en política.

Igualmente, los candidatos a convencionales constituyentes de entre 18 a 35 años de edad tendrán derecho a un reembolso adicional de sus gastos electorales, de cargo fiscal, de 0,0100 unidades de fomento por cada voto obtenido, en conformidad al procedimiento dispuesto en el artículo 15 de la ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra establecido por el Decreto con fuerza de ley Nº 3, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Lo dispuesto en los incisos anteriores no será aplicable respecto de candidatas mujeres electas, quienes percibirán dichas prerrogativas de conformidad con lo señalado en los artículos primero y segundo transitorios del Decreto con fuerza de ley Nº 3, del año 2017, del Ministerio General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral; y de lo señalado en el literal d) del inciso tercero del articulo 131 de esta Constitución.”.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro del Boletín Nº13876-07 y siga su tramitación aquí.

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