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Modifica la Ley General de Bancos y el Código de Procedimiento Civil.

Avanza norma que permitirá a los deudores evitar el remate de sus propiedades.

Con 30 votos a favor, los senadores respaldaron los cambios realizados por la Comisión de Economía al texto.

18 de noviembre de 2020

Por aprobado se dio el proyecto que modifica la Ley General de Bancos y el Código de Procedimiento Civil para establecer el avalúo comercial de los bienes raíces como mínimo de las subastas y proteger la vivienda única de los deudores que indica por medio de la prenda pretoria.

Esto luego que los congresistas presentes en la sesión ordinaria apoyaran la moción por unanimidad. Con este resultado ésta pasa a la Cámara Baja para su estudio, dando lugar al segundo trámite.

La propuesta de autoría de los senadores Ximena Rincón, Yasna Provoste, Álvaro Elizalde, Francisco Huenchumilla y Jorge Pizarro, pretende entregar mayor protección a los deudores, tanto generales como hipotecarios, frente a la posibilidad de remate de su inmueble en caso de morosidad, defendiendo la existencia de condiciones justas en los juicios ejecutivos e hipotecarios.

Durante el debate, los legisladores apuntaron a la urgencia que tiene equilibrar el poder de los acreedores y los deudores, luego que estos últimos ven mermado su patrimonio en circunstancias de endeudamiento. Los congresistas hicieron hincapié en cómo la pandemia ha puesto aún más de relieve el endeudamiento y el riesgo que corren muchas hipotecas dado que sus titulares no han podido pagar sus dividendos.

También relataron diversos casos donde los consumidores pierdan su único bien raíz, que es, además, el hogar familiar, por ello apelaron a la necesidad que estos bienes se transen a precios razonables.

Sobre el proyecto

El proyecto contempla una serie de disposiciones en favor de los deudores hipotecarios. Parte del texto aprobado plantea lo siguiente:

“Si la ejecución recae sobre un bien inmueble cuyo avalúo fiscal no excede de ocho mil unidades de fomento y el deudor ha pagado, a la fecha del requerimiento de pago, el cincuenta por ciento o más del capital adeudado, el acreedor solo podrá solicitar su remate si se mantienen vigentes seis o más meses continuos o discontinuos de mora.

La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes, incrementada en un treinta por ciento. En caso de disconformidad con ese valor, tanto el deudor como el acreedor podrán solicitar el informe de un perito tasador para que se determine por el juez la tasación comercial del inmueble, previa consignación de los honorarios del perito por parte del solicitante”.

Debate

El presidente de la Comisión de Economía, Álvaro Elizalde explicó la norma, expresando que “se buscan condiciones más justas para los deudores hipotecarios por lo que se hacen cambios a varios cuerpos normativos. Por ejemplo, la tasación será la que figure en el avalúo más un 30%. En el remate no se admitirá postura que baje dicha tasación”.

A continuación parte de la argumentación de los senadores presentes en la sesión telemática:

La senadora Rincón afirma que “el 50% de los trabajadores ganan menos de 400 mil pesos, solo el 20,2% gana más de 800 mil. Chile es el país más endeudado de América Latina. Hay 4,6 deudores morosos y esto va a aumentar con la pandemia. Queremos defender condiciones justas en los juicios hipotecarios cuando el inmueble es el hogar familiar único”.

Luego, el parlamentario Jorge Pizarro indica que “los sectores medios son los más afectados con esta realidad. Ellos están altamente endeudados pero tienen derecho a defender su propiedad cuando están morosos. Se busca apoyarlos en caso de remate porque hoy las personas están indefensas y al arbitrio de la banca y el retail que entregan los créditos”.

A continuación, el senador José Miguel Durana enfatiza que “esta propuesta resulta urgente hoy más que nunca. Lo que queremos es que la gente no pierda su casa porque la situación económica le ha cambiado. La idea es que en el caso que se concrete un remate, éste permita financiar la deuda. Hoy las propiedades son rematadas hasta un cuarto del avalúo fiscal”.

A su turno, el congresista Felipe Harboe asegura que “este proyecto soluciona problemas prácticos. Una cosa es que una persona tenga deuda y quiera pagarlas pero otra cosa es que el sistema crediticio se aproveche de eso. Los bancos hacen una tasación inicial, pero cuando hay mora, el mismo banco lo tasa en un precio bajísimo, eso es un abuso”.

Enseguida, la senadora Carmen Gloria Aravena explica que “seis meses continuos o discontinuos de deuda va a generar un juicio ejecutivo, esto porque hoy a los tres meses ya se genera la opción de remate. Quiero agradecer el aporte de los profesores Yáñez y Maturana que nos ayudaron a resolver esto desde el punto de vista procesal”.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis Boletín 12917-03

 

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