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Aprobado en general.

Cámara de Diputados aprueba en general iniciativa que habilita el voto anticipado de electores que tengan dificultad o imposibilidad de trasladarse al local de votación.

El escrutinio de todos los votos emitidos por carta certificada se realizará el día de la jornada electoral.

9 de enero de 2021

Por 125 votos a favor, de un total de 155 Diputados en ejercicio, fue aprobado en general por la Sala de la Cámara de Diputados el proyecto de ley que modifica la Ley N°18.700, “Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios”, con el fin de posibilitar la votación de personas que tengan dificultades para sufragar por motivos de salud o imposibilidad de traslado a la mesa de votación.

La iniciativa fue ingresada en octubre de 2020 y corresponde a dos mociones refundidas, patrocinadas por las Diputadas Natalia Castillo, Daniella Cicardini, Marcela Hernando, Ximena Ossandón, Andrea Parra, Joanna Pérez y Catalina Pérez, en conjunto con el Diputado Raúl Soto.

El proyecto expone que la participación electoral es muy importante en el país, ya que el derecho a sufragio reviste una función legitimadora imprescindible para el funcionamiento de una democracia, contribuyendo el ciudadano a la formación de la voluntad estatal y al correcto funcionamiento del Estado. El artículo 13 de la Constitución establece el derecho a sufragio para todo ciudadano, lo cual obliga a los poderes públicos a facilitar el ejercicio de este derecho y a utilizar todos los medios a su alcance para poder conseguir que la mayor parte de los ciudadanos pueda sufragar.

Con el fin de ampliar las posibilidades de voto de los adultos mayores, personas que tengan problemas de diversidad funcional, personas de cualquier edad que estén en internación hospitalaria, personas que se encuentren en cuarentena por motivos de salud, personas que estén en grupo de riesgo y a quienes se encuentren en prisión preventiva, les permitrá el sufragio mediante carta certificada.

En la discusión en sala, se añadieron dos indicaciones, patrocinadas por las Diputadas Catalina Pérez y Andrea Parra, que agregaron como beneficiarios de la iniciativa a las personas que por el sistema de turnos al que están sujetas en sus trabajos se encuentren fuera del área urbana de su local de votación el día de la elección y se estableció que el escrutinio de todos los votos realizados por carta certificada, se realizará el día de la jornada electoral.

En concreto, la iniciativa agrega un nuevo artículo 65 bis de la Ley N°18.700, del siguiente tenor:

“Sin perjuicio de lo anterior, para facilitar el voto de personas adultas mayores, de personas que tengan problemas de diversidad funcional, de personas que se encuentren en cuarentena por motivos de salud, de personas que estén en grupo de riesgo, de personas que por el sistema de turnos al que están sujetas en sus trabajos se encuentren fuera del área urbana de su local de votación el día de la elección y de personas que se encuentren privadas de libertad, el Servicio Electoral podrá facilitar el voto anticipado. Para este efecto se constituirán mesas receptoras especiales una semana antes del día de la jornada electoral.

El escrutinio de estos votos se realizará conjuntamente con el escrutinio general del día de la jornada electoral.”

El proyecto se encuentra en análisis por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara Baja para la votación de las indicaciones agregadas.

 

Vea texto íntegro refundido del Boletín N°13.729-06 y siga su tramitación aquí.

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