Reconoce el uso de medios telemáticos para la labor judicial.
CS aprobó la realización de remates judiciales de inmuebles por videoconferencia calificando esta medida como «apropiada» y «necesaria».
El autoacordado 13-2021 establece que "el estado de excepción constitucional de catástrofe obligó al Poder Judicial a implementar medidas para asegurar la continuidad del servicio judicial, a fin de evitar postergaciones en la resolución de los asuntos y asegurar la pronta y cumplida administración de justicia".

El Pleno de la Corte Suprema aprobó la realización de remates judiciales de inmuebles por videoconferencia calificando esta medida como «apropiada» y «necesaria».
El autoacordado 13-2021 establece que «el estado de excepción constitucional de catástrofe obligó al Poder Judicial a implementar medidas para asegurar la continuidad del servicio judicial, a fin de evitar postergaciones en la resolución de los asuntos y asegurar la pronta y cumplida administración de justicia» y recuerda que el acta 41-2020 reconoce el uso de medios telemáticos para la labor judicial.
«Que, conforme al Acuerdo de Tribunal Pleno de 28 de mayo de 2020, dictado en el AD 335-2020 la modalidad de teletrabajo se ha erigido como la forma regular y ordinaria en que debe prestarse el servicio judicial durante el estado de catástrofe; sin embargo, la necesidad de mantener la salud e integridad de los usuarios, así como asegurar un mayor acceso y concurrencia de postores, el presente auto acordado se aplicará con carácter permanente. Que, en un escenario como ese, la realización de remates judiciales de bienes inmuebles por videoconferencia, que ha dado muestras de idoneidad, resulta ser, además de apropiada, necesaria», dice la resolución.
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