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Modifica la Ley Nº18.700.

Senado despacha proyecto de ley que excusa a las mujeres embarazadas, a aquellas con hijos menores de dos años y a las personas al cuidado de un adulto mayor o de un discapacitado de las labores de vocal de mesa.

Agrega nuevas causales para excusarse de realizar las labores de vocal de mesa.

31 de enero de 2021

La sala del Senado aprobó el proyecto de ley que modifica la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con el fin de excusar a las mujeres embarazadas durante todo su período de gestación, a aquellas con hijos o hijas menores de dos años y a las personas al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad de las labores de vocal de mesa.

La iniciativa corresponde a una moción ingresada en diciembre de 2020 patrocinada por las Senadoras Luz Eliana Ebensperger y Marcela Sabat, en conjunto con los Senadores Carlos Bianchi, José Miguel Insulza y Manuel José Ossandón.

El proyecto modifica el artículo 44 de la Ley N°18.700, sustituyendo su numeral séptimo y agregando un nuevo numeral octavo, en los siguientes términos:

“7) Estar la mujer en estado de embarazo, durante todo el período de gestación, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico, o bien ser madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento de él o la menor. En caso de que la madre no tenga el cuidado personal, quien lo tuviere podrá excusarse acreditándolo debidamente.”

8) Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial.”

El proyecto fue aprobado por unanimidad y se despachó a la Cámara de Diputados para su discusión.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°13.955-07 y siga su tramitación aquí.

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