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Imagen: abc.es
Tribunal Constitucional de Indonesia
Interpretación extensiva.

TC de Indonesia rechazó consulta de ampliar ley de radiodifusión, que incluiría a creadores de contenidos de redes sociales dentro del marco de censura implementado para radios y canales de televisión.

Según la referida Ley, las estaciones de radio y televisión locales deben asegurarse de que su contenido contenga material educativo, que defienda los valores morales, religiosos y culturales de Indonesia, y evitar calumnias, incitación al odio o pornografía.

31 de enero de 2021

El Tribunal Constitucional de Indonesia rechazó una consulta legislativa que buscaba ampliar la aplicación de la Ley de Transmisión. Éste proyecto pretendía que los creadores de contenido en plataformas digitales como Youtube, Instagram o TikTok, se agregaran al régimen de escrutinio y censura que las emisoras de radio y televisión locales.

Quienes presentaron el requerimiento ante el Tribunal son dos compañías de transmisión televisiva, controladas por Harry Tanoesoedibjo, Magnate indonesio. Argumentaron que el contenido de internet consumido actualmente por los indonesios no se ajustaba a las mismas restricciones aplicadas a las emisoras locales, por lo que querían nivelar el campo de juego al expandir la definición de emisora que dispone la Ley de 2002 sobre radiodifusión para incluir empresas de medios digitales que transmiten su contenido en plataformas digitales (Youtube, Twitter, Spotify o TikTok).

Cabe hacer presente que, según la referida Ley, las estaciones de radio y televisión locales deben asegurarse de que su contenido contenga material educativo, que defienda los valores morales, religiosos y culturales de Indonesia, y evitar calumnias, incitación al odio o pornografía.

Por su parte, la Magistratura Constitucional, rechazó el argumento del actor, ya que la ley sólo se aplica a una emisora convencional que usa la frecuencia de radio del público como estaciones de radio y televisión, lo que no es aplicable al internet. Además, explica que las emisoras digitales todavía están sujetas a las leyes indonesias que controlan las calumnias, el discurso de odio o el contenido relacionado con la pornografía. En específico señaló que, la diferencia de características entre la radiodifusión convencional y la radiodifusión por internet no se relaciona con asuntos de discriminación, que según los peticionarios se debe a múltiples interpretaciones de las definiciones de radiodifusión.

Asimismo, el Tribunal Constitucional señaló que la ampliación de la definición de “emisora” alteraría toda la ley de radiodifusión de tal forma, que crearía más incertidumbre en el sistema legal.

 

Vea texto íntegro del comunicado de prensa (en inglés).

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