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Vasili Carrillo
Falta de requisitos.

UDI presenta reclamación contra Servel por aprobación de candidatura a convencional constituyente de ex miembro del FPMR.

La acción hace presente que la reclamación se dirige en contra de la candidatura de Carrillo y no contra su condición de elector, ya que suponen requisitos diferentes.

4 de febrero de 2021

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) deberá pronunciarse sobre una reclamación deducida por el Partido Político Unión Demócrata Independiente (UDI), en contra de la resolución del Servel, del 21 de enero de 2021, en que “acepta y rechaza candidaturas al cargo de convencional constituyente declaradas por partidos políticos, pactos entre partidos políticos, listas entre independientes e independientes fuera de lista.

En particular, expone el texto, se dirige en contra de la aceptación de la candidatura de Vasili Guillermo Carrillo Nova, que fue aceptada por la resolución referida, por la Región del Biobío, Distrito 21, Pacto “Aprueba Dignidad”, independientes.

El Partido reclamante alega que el candidato fue condenado a plena aflictiva, de modo que no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 132 de la CPR. A continuación, expone que fue condenado en 1993 a 3 años y 541 días de presidio menor en su grado máximo, condena que según el artículo 37 del Código Penal se reputa aflictiva. Consecuencialmente, el reclamado no cumple el requisito del artículo 132 de la CPR, que hace una remisión al artículo 13 de la misma Carta, para ser candidato a convencional constituyente, de modo que el Servicio Electoral debió hacer rechazado su candidatura.

Luego, la acción hace presente que la reclamación se dirige en contra de la candidatura de Carrillo y no contra su condición de elector, ya que suponen requisitos diferentes. En efecto, explica el reclamante, para ser elector la Constitución sólo exige la ciudadanía, la cual es posible recuperar en caso de pérdida, de acuerdo al artículo 17 de la CPR. En cambio, para ser candidato a convencional, la Carta Fundamental es más exigente, por cuanto requiere, además de ser ciudadano, que se reúnan las condiciones contempladas en el artículo 13, es decir, haber cumplido los 18 años de edad y no haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.

De esta forma, entonces, se solicita al Tricel que ordene al Servel el retiro de la candidatura de Vasili Guillermo Carrillo al cargo de convencional constituyente por el Distrito 21.

 

Vea texto íntegro de la reclamación, Rol N° 149-2021.

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