Noticias

Imagen: chanarcillo.cl/
Miguel Fortt Zanoni
Candidato independiente.

Tricel acogió reclamación deducida por EVOPOLI por rechazo de candidatura a Convencional Constituyente de Ingeniero en Minas que colaboró en el rescate de los 33.

La sentencia determinó que se allegó prueba suficiente, la que apreciada como jurado, acredita que el señor Fortt Zanoni es independiente.

27 de febrero de 2021

El Tribunal Calificador de Elecciones acogió una reclamación presentada por EVOPOLI en contra de una la resolución del Servicio Electoral en que se rechazó la candidatura a Convencional Constituyente de Miguel Fortt, Ingeniero en Minas que colaboró en el rescate de los 33.

Cabe recordar que, en su oportunidad, la reclamación explicó que, fue declarado como militante del Partido Evolución Política por haberse incurrido en un error de hecho del partido al utilizar la plataforma digital dispuesta a este efecto por el Servicio Electoral, no obstante que es independiente.

En este sentido, señaló que nos encontramos ante la aplicación de uno de los principios rectores en materia electoral, el principio que puede denominarse “pro participación”, el que ha sido reiteradamente sostenido por el Tricel, al indicar que cualquier omisión en que incurran dichas colectividades, no pueden afectar a quienes legítimamente pretenden ejercer el derecho de ser elegidos, como el de la generalidad de los ciudadanos a elegir, de un número adecuado de candidatos, a las autoridades de elección popular.  Agrega que el Tribunal Calificador ha presentado una línea argumental como la sustentada por la acción, respecto de la equivocación del Partido Político, la buena fe y la facultad de la justicia electoral de enmendar el error cuando se incurre en una equivocación involuntaria.

Por su parte, el Tricel señaló que en declaración jurada del 28 de enero de 2021 de don Álvaro Williams Vinagre, afirma haber sido el encargado electoral del proceso de declaración de candidaturas para Convencionales Constituyentes del Partido Evolución Política y que, al momento de efectuar la declaración de candidatura del señor Fortt Zanoni, el sitio web sólo dejó ingresarlo como militante y no como independiente. Además, el Servel manifiesta en la resolución impugnada que el candidato no figura en el registro general de afiliados de EVOPOLI, que debe informarse en forma mensual.

En consecuencia, la sentencia determinó que se allegó prueba suficiente, la que apreciada como jurado, acredita que el señor Fortt Zanoni es independiente.

De esta manera, el Tribunal acogió la reclamación deducida y dispuso que el Servel inscribiera en el Registro Especial de Candidaturas a Fortt como candidato independiente a Convencional Constituyente por el Distrito N° 4, en la lista Vamos por Chile.

Vea texto íntegro de la reclamación y de la sentencia, Rol N° 100-2021.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *