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Calificó como “desproporcionada” indemnización.

CDE rechaza demanda de víctimas de trauma ocular y respalda actuar de Carabineros.

Se trata de un grupo de 22 personas entre 18 y 34 años, quienes pidieron una indemnización de $7.025.565.22. En ese sentido, el presidente del CDE, Juan Peribonio, solicitó al 15º Juzgado Civil de Santiago que rechace la demanda y calificó los montos como «desproporcionados».

6 de abril de 2021

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) rechazó la demanda en contra del Estado de Chile de 22 víctimas que sufrieron lesiones oculares en las protestas posteriores al 18 de octubre de 2019.

Se trata de un grupo de 22 personas entre 18 y 34 años, quienes pidieron una indemnización de $7.025.565.22. El presidente del CDE, Juan Peribonio, solicitó al 15º Juzgado Civil de Santiago que rechace la demanda y calificó los montos como «desproporcionados».

Asimismo, la entidad respaldó el actuar de Carabineros, argumentando que «actuó correctamente, apegado a sus facultades normativas y con una intensidad ajustada a la proporcionalidad del contexto de ataques de los que los funcionarios de la institución fueron objeto».

Sin embargo, reconocieron que «en algunos casos, la respuesta de las fuerzas policiales no se ha ajustado a derecho y la reacción ha sido desproporcionada y antirreglamentaria».

El Consejo sostiene que «los casos planteados en la demanda no son uno de ellos. Aquí no hubo falta de servicio y el uso de la fuerza se adecuó a la normativa atingente de tal forma que los daños supuestamente ocasionados por ese uso se encuentran jurídicamente respaldados».

El CDE añade que «siempre en las manifestaciones violentas y/o agresivas, ingresaba de manera previa los carros lanza aguan y lanza gases. Y previo aquello, mientras la manifestación se desarrollaba aún de forma pacífica, suscitándose hechos aislados de violencia, el personal de Carabineros mantenía contacto constante con los organizadores si habían sido individualizados».

Sobre el uso de escopetas antidisturbios, el Consejo de Defensa indica que «todo el personal que la emplee deberá contar con la videocámara corporal, debiendo entregar sus registros al finalizar su servicio para su resguardo y archivo».

«El uso de las escopetas antidisturbios no es extraño en el derecho comparado para el control de la agresión y violencia pública. El uso de la escopeta antidisturbios con municiones no letales para el manejo de grandes movimientos sociales ha sido ampliamente utilizado en el mundo», agrega.

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  1. Cambiaría el fallo si a un hijo , nieto o cualquier familiar de los integrantes del Consejo hubiera sufrido uno de estos alevosos procedimientos policiales?

    1. Siempre escudamos las reacciones a lo emocional. Y si nosotros los demandamos a ellos por las quemas de propiedad. La pérdida de trabajos. Las estaciones del metro y cuanto destrozo y causaron. Me gustaría saber cuanto es el daño ocular causado. Debido a que el INDH bajo la cifra a casi la mitad de lo original. Por algo debe haber sido