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No habrá feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio.

Ratifican elecciones municipales, de gobernadores y constituyentes para el 15 y 16 de mayo.

Por no alcanzar el quorum constitucional requerido, la Sala desechó el informe de la Comisión Mixta que contenía cuatro puntos sobre los que no se logró pleno acuerdo. No obstante, se suprimió una norma que permitía los aportes de campaña durante el período de suspensión.

6 de abril de 2021

Por no alcanzar el quorum constitucional requerido (23 a favor, 13 en contra y 4 abstenciones), el Senado desechó el informe de la Comisión Mixta respecto a la reforma constitucional que posterga las próximas elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales constituyentes, en consideración a la pandemia de Covid-19.

Con todo, queda a firme que los comicios que estaban programados para el 10 y 11 de abril ahora se realizarán entre el 15 y el 16 de mayo, cuestión que no fue parte de las divergencias entre ambas Cámaras.

Asimismo, se suprimió una norma del proyecto que permitía los aportes a campaña durante el período de suspensión, es decir desde publicada la ley hasta las 23:59 horas del 28 de abril.

CONTROVERSIA

Con el rechazo del informe de la Comisión Mixta no habrá feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio, pero sí serán feriados legales los días de las elecciones con las restricciones para el comercio y otros servicios que se establecen para todos los comicios. Así, podrán funcionar algunos recintos y en caso de que los trabajadores quieran desplazarse a sufragar podrán contar con dos horas más el tiempo de desplazamiento.

Asimismo, como se descartaron las disposiciones relativas a la situación de los alcaldes que repostulan y que actualmente están siendo subrogados de sus cargos, se precisó que en esa materia rige la ley vigente que implica que los alcaldes deben dejar sus cargos 30 días antes de la elección. Esto implicaría que vuelvan a sus cargos y los dejen el 15 de abril, es decir en 9 días más.

También se rechazó una norma que establecía una franja televisiva para la segunda vuelta de la elección de los Gobernadores Regionales.

DEBATE

El senador Huenchumilla señaló que «lo que queda es la norma vigente que dice que los días de elecciones es feriado legal. En tiempos de normalidad, los alcaldes deben renunciar 30 días antes, pero en pandemia hay un tema de interpretación».

Luego, el parlamentario Chahuán sostuvo que «respecto del feriado, la caída del carácter de irrenunciable no producen efectos respecto a la facilidad que deben tener los electores al momento de votar en mayo. Sobre la franja, se rechazó la de gobernadores en segundo vuelta pese a que nosotros lo aprobamos».

A continuación, el congresista Navarro planteó  que «tendrán que darle explicaciones a los trabajadores del comercio que no tendrán las facilidades para votar, debía ser ferido obligatorio e irrenunciable. Voy a presentar un proyecto para cambiar aquello».

A su turno, la legisladora Ebensperger recordó que «cuando hay diferencias se forma una Comisión Mixta para acercar posiciones. Eta instancia insistió con las normas aprobadas en el Senado pero que habían sido rechazadas horas antes en la Cámara Baja, entonces era obvio lo que iba a pasar.

Enseguida, el senador Guiller «cree que tal como salió de la Cámara Baja, se desnivela mucho la cancha en perjuicio de los independientes así que voto en contra».

El legislador, Ricardo Lagos aseguró que  “el informe me interpreta en buena parte. Efectivamente la Mixta podría haber encontrado puntos de entendimiento, pero no es menos cierto que lo que defendimos como el feriado irrenunciable y lo de los alcaldes, eran puntos importantes”.

LO APROBADO

– Las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores regionales y convencionales constituyentes se realizarán el 15 y 16 de Mayo.

– La segunda vuelta de la elección de gobernadores se realizará el 13 de junio de 2021.

– El periodo del primer gobernador regional electo, comenzará a computarse el 14 de julio de 2021

– Prorroga el mandato de los alcaldes y concejales en ejercicio hasta el 28 de junio de 2021.

-Las elecciones primarias presidenciales y de parlamentarios, se realizarán el día 18 de julio del 2021.

– Suspende todas las campañas electorales en curso, desde la publicación de la ley hasta el día 29 de abril de 2021, fecha en la que se reanudarán hasta el 13 de mayo de 2021.

– Durante el plazo de suspensión no se podrá realizar propaganda pagada en medios de comunicación social, plataformas digitales, redes sociales, aplicativos y aplicaciones de internet.

– Los permisos sin goce de remuneración solicitados por las candidatas y candidatos que sean funcionarios públicos, se entenderán prorrogados hasta el día 17 de mayo, salvo voluntad en contrario del trabajador.

– Los empleadores del sector privado, cuyos trabajadores hayan solicitado aplazar el permiso sin goce de sueldo, no podrán rechazar dicha solicitud, y en ningún caso podrá invocarse este aplazamiento como fundamento para proceder al despido.

– Fija en 0,6 UF por jornada, el bono que corresponde a los asesores del delegado de la junta electoral.

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis Boletín Nº14138-07

Vea Diario Oficial – postergación de elecciones

 

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