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Moción.

Proyecto de ley que establece el derecho a alimentación adecuada para los trabajadores y las trabajadoras.

La iniciativa nace de la colaboración entre el Frente Parlamentario contra el Hambre y la Mal Nutrición con la FAO y la directora de FoqusChile.

6 de mayo de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Karol Cariola, Cristina Girardi, Ximena Ossandón, Alejandra Sepúlveda junto a los Diputados Iván Flores, Tucapel Jiménez, Amaro Labra, Juan Santana y Gonzalo Winter, establece el derecho a alimentación adecuada para los trabajadores y las trabajadoras.

La iniciativa expone que, durante el año 2012, la OIT realizó un estudio en empresas chilenas que concluyó que el 40% de los trabajadores encuestados no recibía beneficios de alimentación, 22% no disponía de un lugar para comer y 30% no almorzaba regularmente. Adicionalmente, se estableció que había problemas con la calidad de la alimentación y la falta de almuerzo implicaba molestias y menor productividad; arguyendo la falta un marco legislativo más sólido, ya que el actual solo velaría por el tiempo y las condiciones físicas del lugar donde se come.

Respecto al ámbito normativo, indica que el Código del Trabajo señala que el contrato de trabajo debe estipular beneficios adicionales como la alimentación, consagra un tiempo mínimo para colación y define condiciones de alimentación para faenas de temporada. El Decreto Supremo N°594 del del Ministerio de Salud, establece condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo, como: sistema de abastecimiento de agua, características que deben cumplir los comedores, disponibilidad de refrigeración, cocinilla, lavaplatos (si el trabajador lleva su comida) y resolución sanitaria aprobada, en caso de casinos.

Así, sostiene que la legislación vigente respecto de la alimentación en el trabajo está limitada a contar con un lugar cómodo y limpio para alimentarse y disponer de un tiempo mínimo para hacerlo, sin que exista obligación alguna de los empleadores de dar alimentación a sus trabajadores, ni se consideran conceptos relevantes como el de una alimentación saludable, previéndose sólo la obligación de entregar alimentación cuando la faena o lugar de trabajo esté alejado del lugar de residencia de los trabajadores, como suele suceder en la minería, construcción y faenas de temporada.

La alimentación durante jornada laboral es una preocupación que la Organización Internacional del Trabajo ha hecho patente mediante diversos informes, indicando los beneficios de ofrecer alternativas saludables y tiempos adecuados a los trabajadores en pos de mayores índices de productividad y una mejor calidad de vida de los empleados. Sin embargo, proveer alimentación a los empleados no siempre es posible, y esto conlleva a que muchos trabajadores deban elegir sus comidas durante la jornada laboral, prepararlas en casa para llevar o comprarlas, dejando esta elección al conocimiento que la persona tenga sobre alimentación, sus preferencias, disponibilidad de tiempo y situación socioeconómica, generando las diferencias ya conocidas sobre patrones de consumo en los distintos niveles socioeconómicos.

Agrega que hay estudios que señalan que ocuparse del tema de alimentación poblacional y en el trabajo, puede resultar económicamente beneficioso para el país, el sistema de salud y los individuos mismos. Para el país en términos de que personas bien nutridas tienen mayor potencial de productividad; para el sistema de salud, por la disminución de los costos asociados a obesidad y enfermedades relacionadas; y para los individuos mismos, que, al saber planificar su alimentación, al saber comprar alimentos saludables y al saber cocinar, gastan menos en productos que no necesitan y pierden menos alimentos no consumido.

Por ello, sostiene que la alimentación en el trabajo va más allá que el solo hecho de comer, pues existen situaciones cotidianas que van interactuando y conformando la forma en el que los trabajadores actúan y deciden durante su jornada laboral, pudiendo, a largo plazo, contribuir al deterioro de la salud y bienestar de las personas, ya que un estudio FONIS presentado el año 2017, estimó que la proporción de Años de Vida Perdidos de forma Prematura (AVPP), atribuidos a obesidad para el periodo 2010-2060 será 14,25%, y proyectó que el gasto total en salud, como costos directos asociados a sobrepeso y obesidad, ascenderían desde el 1% el 2010 a 3% en 2020 y 4% en 2030.

El proyecto de ley agrega un título nuevo al Libro II del Código del Trabajo sobre “Protección de los Trabajadores” referente al derecho a alimentación adecuada en la jornada laboral, buscando contribuir a hacer efectivo la implementación del derecho a alimentación adecuada en un grupo importante de la población como lo son las y los trabajadores del sector privado.

Modifica toda la normativa actual referente a la palabra: “colación”, con la intención de cambiar el paradigma, llevándolo al concepto de “alimentación adecuada”. Seguidamente en la creación del título nuevo establece primeramente el objeto de este título, es decir, una alimentación adecuada, con acceso igualitario y sin discriminación alguna, obligando a los empleadores a promover políticas que se condigan con una alimentación adecuada y libre de sellos “altos en”. A continuación, establece los principios por los cuales se regirá este derecho para avanzar en la forma en que el empleador deberá cumplir la obligación, haciéndose cargo, a su vez, de los trabajadores que prestan servicios a través del teletrabajo. Finalmente, menciona la forma en que deberá operar la normativa, las sanciones y el plazo de implementación.

 

Vea texto íntegro de la moción y siga su tramitación aquí.

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