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Moción.

Proyecto de ley modifica el Código Penal para tipificar como falta la conducta de botar desechos en lugares no habilitados para ello.

Las cantidades de basura expedidas por la población ha transformado a los desechos en uno de los principales problemas ambientales y de contaminación en la actualidad.

12 de mayo de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Sofía Cid, Cristina Girardi, Paulina Núñez y Ximena Ossandón, junto a los Diputados José Miguel Castro, Harry Jürgensen y Sebastián Torrealba, modifica el Código Penal y sanciona a quienes boten basura en lugares no habilitados para ello, aumentando la sanción para dicha falta.

La iniciativa tiene como antecedente el aumento de basura a causa del crecimiento de la población y el sobreconsumo, situación que se agrava en una cultura de producción que prioriza los productos desechables por sobre aquellos retornables. El aumento en las cantidades de basura expedidas por la población ha transformado a los desechos en uno de los principales problemas ambientales y de contaminación en la actualidad, sostiene la moción.

Esta agrega que botar basura en lugares no habilitados es una conducta dañina para el medio ambiente que además afecta la estética de las ciudades y constituye un factor de riesgo para la salud de las personas. Sin embargo, es recurrente encontrar basurales y vertederos ilegales, incluso en cercanías a sectores residenciales.

En lo que atañe a la salud, el proyecto aduce que los vertederos de basura son susceptibles de filtrar desechos contaminantes a las napas de agua que abastecen a la población, evento que constituye un riesgo para quienes se proveen de dichas fuentes.

Finalmente, la iniciativa pone en evidencia que los cambios en la materia deben ser transversales: requieren de cambios culturales y modificaciones legales que permitan enfrentar la situación actual en materia de residuos.

El proyecto modifica el artículo 494 del Código Penal, que enumera las conductas que serán sancionadas con la pena de multa de 1 a 4 UTM, reemplazando la multa por un rango entre 6 y 10 UTM para quienes incurran en dichos actos.

Enseguida, incorpora un nuevo inciso susceptible de esta sanción, del siguiente tenor:

“En el mismo sentido, quienes boten desechos en lugares no habilitados para el efecto, incluyendo sectores urbanos cercanos a sectores residenciales”

El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.

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