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Moción.

Proyecto de ley sanciona al padre o madre que acuse falsamente al otro progenitor de abusos sexuales para impedir o dificultar las visitas.

La iniciativa sostiene que estas denuncias no tienen consecuencias gravosas para el denunciante, siendo el costo soportado únicamente por el padre o madre que es denunciado falsamente.

28 de mayo de 2021

La moción, patrocinada por la Diputada María José Hoffman, junto a los Diputados Jorge Alessandri, Juan Antonio Coloma, Cristian Labbé y Javier Macaya, sanciona al padre o madre que acuse falsamente al otro progenitor de abusos sexuales para impedir o dificultar las visitas decretadas judicialmente o de mutuo acuerdo.

La iniciativa tiene como antecedente que, en el contexto de una demanda de divorcio o cese de convivencia entre dos personas, es habitual que los hijos en común vivan con uno de los progenitores. Así, es frecuente que el padre o la madre que no vive con los hijos en común proceda demandando o solicitando a los tribunales que decreten un régimen de relación directa y regular, con miras a mantener con sus hijos un contacto periódico y estable.

Agrega la moción, que a pesar de que se determine el régimen de relación directa y regular, se han presentado con alguna frecuencia prácticas que pretenden impedir o dificultar el régimen de visitas que ha sido acordado o decretado judicialmente. De este modo, señala el proyecto, es común que se presenten denuncias falsas interpuestas por el progenitor que tiene el cuidado personal contra el otro progenitor, denuncias calumniosas que buscan precisamente dificultar e impedir que las visitas se concreten o que continúen con regularidad respecto del progenitor denunciado. Agrega la moción, que dentro de estas prácticas también es común que se ponga a los niños, niñas y adolescentes en contra del padre o madre que no vive con ellos, menoscabando la imagen paternal y agravando la imagen paternal.

En lo que atañe a la denuncia sin antecedentes de abusos, indica el proyecto, corresponde a un acto que no tiene consecuencias gravosas para el denunciante, siendo el costo soportado únicamente por el padre o madre que es denunciado falsamente, lo que debe ser enmendado.

El proyecto, en un primer artículo establece que, existiendo un régimen de visitas de los padres de un o una menor, ya sea que este régimen se haya constituido de mutuo acuerdo o se haya decretado por vía judicial, el que teniendo a su cuidado el menor impidiere el ejercicio de la relación directa y regular con el padre o madre que no vive con él fundado en la existencia de hechos que puedan revestir caracteres de abuso cometidos por el padre o madre que no vive con él, estos deberán denunciarse y probarse conforme el proceso penal. Agrega, que en caso de resultar falsos los hechos o la denuncia calumniosa, se sancionará al padre o madre que haya imputado los hechos falsos con una multa de 10 a 15 UTM y se añadirá la de reclusión menor en su grado mínimo.

También el proyecto contempla un artículo segundo y tercero del siguiente tenor:

“Si la negativa a permitir la visita se fundamenta en enfermedad del menor, el hecho deberá ser comunicado por quien tiene a su cargo el cuidado del menor al otro progenitor antes que comience la visita. En tal caso, el progenitor que ejerce su derecho a relación directa y regular tendrá derecho a enviar un médico para verificar el estado de salud de su hijo. De resultar falsos los hechos, el progenitor afectado podrá solicitar a juez que se amoneste al progenitor que tiene a su cargo el cuidado del menor.”

“Si luego de dos visitas consecutivas o de tres en un mes que no puedan realizarse sin justificación, el juez no acoge de inmediato la orden de arresto solicitada por quien tiene derecho a visita, produciéndose el delito de desacato, será motivo del una anotación en !a hoja de vida del juez.”

El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.

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    1. Necesitamos urgente esta ley, yo llevo 1 año y 9 meses sin estar con mi hija por falsas denuncias. Demande a la madre para establecer un regimen comunicacional y siguieron las falsas denuncias. De común acuerdo estamos siendo intervenidos por un PPF y el diagnóstico es claro: Obstrcción al vinculo parental por parte de la madre de mi hija. También pasamos por pericias a cargo del S.M.L que rechazaron las acusaciones interpuestas por la madre se mi hija. Hoy, continuando con su actitud, se llevo a mi hija a vivir a otra ciudad. ¿saben por que ella hace todo esto? porque sabe que sus actos no tendrán consecuencia alguna. Vamos diputados y senadores, necesitamos esta ley y yo creo que quien incurra en estas conductas no deberia tener como castigo una multa, sino más, deberia perder la tuición. ¡Ley falsas denuncias ahora!