Noticias

Imagen:aschile
Moción.

Reforma Constitucional otorga al sufragio carácter obligatorio.

La baja en la participación electoral puede generar que se produzcan asimetrías en la elección de las autoridades que son electos por una minoría.

1 de junio de 2021

La moción, patrocinada por la Senadora Ximena Rincón, junto al Senador Francisco Chahuán, propone reformar la Constitución para otorgar al sufragio el carácter de obligatorio.

La regulación actual del voto se formula en términos voluntarios, desde que la Constitución señala que “en las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y voluntario”. El carácter voluntario del sufragio se estableció por el parlamento de la época en base los argumentos del congelamiento y envejecimiento del padrón electoral y la diferencia proporcional de jóvenes y adultos.

Agrega la moción, que como consecuencia del establecimiento del voto voluntario se obtuvo una baja participación electoral alcanzando niveles menores al 50% en las elecciones presidenciales y menores al 40% en las alcaldías. Lo anterior, indica el proyecto, implicó incluso que el Presidente de la República fue electo solo con un 26,4% del padrón electoral.

Actualmente, señala el proyecto, los motivos que impulsaron el voto voluntario no están vigentes, ya que el sistema actual cuenta con inscripción automática. Además, el voto voluntario no se comprende en un contexto donde se requiere de una mayor participación ciudadana y acercamiento a la democracia.

Además, la continua y progresiva baja en la participación electoral puede generar que se produzcan asimetrías en la elección de las autoridades que son electos por una minoría y, relacionado con lo anterior, los partidos y los candidatos pueden adoptar posturas radicales para conquistar a un pequeño grupo que permitirá su elección.

El proyecto modifica el artículo 15 de la Constitución, reemplazando la palabra “voluntario” por la expresión “obligatorio.

También agrega la disposición transitoria quincuagésima primera:

“La modificación del artículo 15 regirá desde la publicación de la adecuación de la ley orgánica constitucional respectiva, sobre voto obligatorio, debiendo considerarse excepciones taxativas y justificadas a la obligatoriedad de concurrir en caso de edad, enfermedad u otras causas debidamente acreditadas.”

El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado

 

Vea texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *