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Imagen: Universidad de Chile
Ayudas económicas.

Parlamentarios de oposición ingresan proyecto de ley para asegurar entrega de ayudas económicas a comerciantes de ferias libres que no cuenten con iniciación de actividades.

En el caso de las ferias libres, si bien muchos comerciantes pueden no haberse formalizado de acuerdo a la normativa del comercio establecido, tampoco se trata de una actividad clandestina o ilegal, ejercida al margen de todo control.

25 de junio de 2021

La moción, patrocinada por las Senadoras Muñoz y Provoste, y por los Senadores Elizalde, Guillier y Latorre, tiene como finalidad interpretar el inciso cuarto del artículo 11 de la Ley N° 21.354 en el sentido de no exigir la iniciación de actividades ni otra formalidad adicional al permiso municipal para que los comerciantes de ferias libres accedan a las ayudas económicas entregadas a través de la referida norma.

De acuerdo a los autores de la iniciativa, la pandemia que actualmente afecta nuestro país ha golpeado tanto a los hogares, como a la actividad económica, especialmente a aquellos rubros afectados por las restricciones de movilidad dispuestas por la autoridad.

En ese contexto, ante las ayudas económicas insuficientes, en su concepto, se llevó adelante un proceso de diálogo entre Gobierno y oposición para elaborar un programa de aportes que permitiera entregar realmente un alivio a emprendedores, cuestión que se tradujo en la referida Ley N° 21.354.

En particular, el inciso cuarto del artículo 11 de esta Ley hizo extensivos los aportes entregados a los “microempresarios pertenecientes al rubro de ferias libres (…) por el solo hecho de tener el permiso municipal respectivo al día”. Sin embargo, a juicio de los parlamentarios que promueven la iniciativa, a partir de la expresión “microempresarios” han surgido interpretaciones que buscan exigir la formalización mediante la iniciación de actividades de todos aquellos feriantes que quieran acceder al bono en cuestión.

De esta forma, y en el entendido de que no se trata de una actividad clandestina o ilegal ejercida al margen del Estado, las y los senadores que patrocinan el proyecto, proponen dictar una ley interpretativa, de artículo único, del siguiente tenor:

Declárase, interpretando el inciso cuarto del artículo 11 de la ley Nº 21.354; que los titulares de puestos en ferias libres podrán acceder a los beneficios establecidos en dicho cuerpo legal, bastando con disponer de permiso municipal al día, no requiriéndose iniciación de actividades tributarias ni otro tipo de exigencias vinculadas al concepto de microempresario, a que se refiere la ley Nº20.416, sobre empresas de menor tamaño”.

El proyecto pasó a la Comisión de Economía para su discusión y posterior votación.

Ver texto íntegro de la moción, discusión y análisis en Boletín N° 14.326-05.

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