Noticias

Imagen: SGK Planet
Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

Ingresan proyecto de ley para regular la construcción de parques eólicos.

Para mitigar los impactos negativos en las personas de los aerogeneradores, que permita la vida armónica entre las comunidades y los proyectos de generación eólica.

2 de julio de 2021

Fundado en la necesidad de impulsar el proceso de generación de energía limpia mediante torres de aerogeneración, sin afectar los intereses y la vida de las comunidades que habitan en torno a complejos eólicos, las Diputadas Daniella Cicardini, Marcela Hernando, Joanna Pérez, y los Diputados Juan Luis Castro, Ricardo Celis, Manuel Monsalve, José Pérez, Gabriel Silber, Esteban Velásquez y Daniel Verdessi, ingresaron un proyecto de ley que regula la construcción de complejos de aerogeneradores y modifica la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

De acuerdo a la moción, la energía eólica es uno de los recursos energéticos más antiguos explotados por la humanidad y representa al día de hoy la fuente energética más eficiente entre las energías renovables, con especial consideración en las variables medioambientales.

Sin embargo, la instalación de este tipo de infraestructura trae consigo la afectación de aquellos sectores aledaños que actualmente no encuentran respuesta en la legislación vigente.

Resulta entonces indispensable establecer una regulación que venga a dar soporte a los impactos negativos que tienen las personas en materia de aerogeneradores, propiciando medidas que endurezcan los elementos de evaluación ambiental y sirvan de sustento para una mejor implementación de estas energías, permitiendo la vida armónica entre las comunidades y los proyectos de complejos de generación eólica.

Para ello, la iniciativa propone la dictación de la Ley que Regula la Construcción de Complejos de Aerogeneradores, a la cual deberá someterse todo proyecto de aerogeneración emplazado en áreas urbanas.

Luego de establecer algunas definiciones, la moción propone la apertura de un proceso de participación ciudadana de cargo de los titulares de los proyectos de generación eléctrica. En ese sentido, deberán identificar las comunidades afectadas, entregar toda la información referente al proyecto y establecer mesas de diálogo al menos cada tres meses en que se dé cuenta de los impactos a las comunidades aledañas.

Asimismo, el proyecto propone la entrega de compensaciones a la comunidad afectada en su conjunto equivalentes a 169 UF por cada turbina instalada, debiendo utilizarse preferentemente en la mejora de espacios públicos. Una compensación similar deberá entregarse al daño a la zona de seguridad del proyecto por un total de 200 UF por cada turbina a instalar.

A continuación el proyecto define el así denominado efecto sombra parpadeante, entendido como “aquel que ocurre cuando las aspas en movimiento del rotor de la turbina crean sombras parpadeantes que pueden generar efectos indeseados en las personas que habitan áreas colindantes a la instalación de dichos aerogeneradores”. Las consecuencias que se sigan de dicho efecto deberán considerarse como contaminación al medio ambiente para los efectos de la legislación nacional en la materia.

Respecto de la instalación de aerogeneradores, el proyecto entrega detalles respecto de las características de los cimientos, la distancia mínima entre torres, la proyección mayor de sombra sobre viviendas aledañas al complejo, las especificidades de la zona de seguridad de los proyectos de aerogeneración, así como la vida útil de los mismos.

Finalmente, la propuesta Ley que Regula la Construcción de Complejos de Aerogeneradores incorpora normas respecto de la fiscalización y eventuales sanciones, que remite a las disposiciones de la legislación ambiental y eléctrica.

Por su parte, el artículo segundo de la moción agrega un nuevo inciso final al artículo 11 bis de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en el sentido de no permitir en la evaluación ambiental el fraccionamiento por etapas de los proyectos de generación eléctrica.

El proyecto pasó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputadas y Diputados para su discusión y posterior votación, para luego, una vez despachado por esta, ingresar a la Comisión de Minería y Energía.

Ver texto íntegro de la moción, discusión y análisis en Boletín N° 14443-12.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *