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Tribunal Constitucional de Perú
Lenguaje judicial.

Tribunal Constitucional de Perú ordena a los órganos jurisdiccionales eviten la utilización de términos peyorativos contra las personas con discapacidad.

El lenguaje y los términos que son empleados en el quehacer jurídico pueden contribuir a la perpetuación de prejuicios o estigmas en contra de las personas con discapacidad.

9 de agosto de 2021

En el contexto del conocimiento de un habeas corpus, el Tribunal Constitucional de Perú recordó el deber de los órganos jurisdiccionales de abstenerse de utilizar términos peyorativos que puedan ser ofensivos y denigrantes contra las personas con discapacidad.

Al respecto, el fallo señala que “aunque se trata de una materia que ciertamente no fue abordada en la demanda, este Tribunal nota que, de forma recurrente, en las resoluciones judiciales impugnadas se hace constante referencia a una condición de “retardo mental” de la menor.”

La Magistratura Constitucional refirió que el lenguaje y los términos que son empleados en el quehacer jurídico pueden impactar considerablemente en la perpetuación de prejuicios o estigmas en contra de diversos colectivos. Esto, considera, es particularmente relevante en el caso de las personas con discapacidad. En este sentido, expresa que es usual advertir en nuestra sociedad que, para referirse a los integrantes de este colectivo, se emplean términos denigrantes como “discapacitado”, “retardado”, “inválido” o “limitado”.

Por otra parte, precisa que, tanto las leyes peruanas como los tratados internacionales emplean el término “persona con discapacidad” para referirse a aquellas personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

En virtud de lo anterior, el Tribunal Constitucional exhortó a las autoridades jurisdiccionales para que, en el futuro, no empleen términos como “retardado mental” o similares en las resoluciones judiciales para referirse a las personas con discapacidad.

Vea texto de la sentencia.

 

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