Derecho a la compensación.
Tribunal de Argentina ordenó a un hombre compensar económicamente a su ex cónyuge por el desequilibrio patrimonial que se generó durante la vigencia de su matrimonio.
La demandante no pudo desarrollarse personal y profesionalmente por tener que ocuparse de las labores domésticos.

El Tribunal Superior de Justicia de Corrientes Córdoba (Argentina) ordenó una compensación de $1.275.000 pesos argentinos en favor de una mujer que se había divorciado.
El caso se refiere a la solicitud de compensación patrimonial solicitada por la demandante, la que estimó en 85.500 dólares. La requirente señala que durante la relación existió un desequilibrio patrimonial, por cuanto, asevera, ella debió postergar “todas sus posibilidades de crecimiento personal y profesional para dedicarse a las tareas del hogar y al cuidado de la prole”. Ello, en circunstancias en que su ex cónyuge continuó trabajando en las mismas condiciones, siempre.
El Tribunal constató que el nivel de vida de la requirente había disminuido significativamente a partir de la ruptura, en cuanto no contaba con apoyo económico de su ex cónyuge y percibía ingresos significativamente inferiores. Por lo anterior, considera que la compensación era justa, equitativa y razonable para equilibrar la situación económica entre ambos.
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