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Imagen: el dínamo
Aprobado por la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados.

Despachan proyecto sobre desinscripción voluntaria en registro electoral.

La propuesta define que la desinscripción voluntaria del Padrón Electoral estará fijada, solamente, para una elección o plebiscito, siendo automática la reincorporación.

11 de agosto de 2021

Las y los diputados de la Comisión de Gobierno Interior aprobaron y despacharon a la Sala el proyecto que modifica la Ley 18.556, sobre sistema de inscripciones electorales y el Servicio Electoral, para incorporar un procedimiento de desinscripción voluntaria del registro electoral (Boletines refundidos Nº13159 y 14291).

La iniciativa se aprobó en general el pasado 19 de julio, junto con el que establece sancionar el incumplimiento de la obligación de sufragar  (Boletín Nº13105). Las tres propuestas se proponen complementar la reforma constitucional que reinstaura el voto obligatorio (aún en trámite).

El texto aprobado por la comisión propone reformar la normativa vigente incluyendo la opción de la desinscripción. Esta podría ser tanto por la vía presencial como remota, a través del sitio web del Servicio Electoral, mediante Clave Única. Los ciudadanos residentes en el extranjero podrán presentar la solicitud a través del respectivo consulado.

La diputada Andrea Parra, autora de una de las mociones, será la encargada de informar este proyecto ante la Sala.

Indicaciones aprobadas

Durante el debate en particular, entre los aspectos aprobados están dos indicaciones presentadas por la diputada Andrea Parra. La primera precisa que la desinscripción voluntaria del padrón electoral está fijada, solamente, para la próxima elección o plebiscito.

Además, señala que se podrá optar a la desinscripción en el Registro Electoral 140 días antes de cada elección, de la misma forma, de la fecha de publicación del decreto que convoque a plebiscito, con el objeto de elaborar los padrones electorales.

La segunda indicación ordena que la voluntad de desinscribirse del padrón electoral solo aplicará respecto del próximo proceso de elección o plebiscito.

Además, se aprobó otra indicación del diputado Andrés Longton. La norma establece que la desinscripción voluntaria, para cada elección o plebiscito, deberá hacerse hasta 30 días antes del cierre del padrón electoral.

Servel

En la sesión estuvo presente el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle. Indicó que la desinscripción la encuentra un retroceso. “Hemos ganado mucho con la inscripción automática. Ha funcionado bien y todo joven hoy día al tener 18 puede ir a votar”, remarcó.

Asimismo, indicó que concuerda con lo propuesto por la instancia legislativa donde señala que el ciudadano se podrá desinscribir, solamente, para una elección. “Dejar a una persona fuera del padrón electoral, es dejarla al margen de la democracia”, enfatizó.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis Boletín Nº13159-06

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis Boletín Nº14291-06

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis Boletín Nº13105-06

 

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