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Violencia Intrafamiliar.

Cámara de Diputados despacha a ley proyecto que establece monitoreo telemático en las leyes N° 20.066 y N° 19.968.

La iniciativa legal, patrocinada por la senadora Adriana Muñoz, incorpora una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático.

17 de agosto de 2021

Entre los fundamentos esgrimidos para justificar la iniciativa, se indica que en Chile las cifras han mostrado que ha habido un aumento de la Violencia Intrafamiliar (VIF) de 4,37% entre los años 2010 y 2012, según el cuarto estudio nacional de Violencia Intrafamiliar realizado por la ONG Activa y la Universidad Iberoamericana, señala la autora de la moción.

Agrega que los resultados reflejan como las políticas públicas en el área judicial no han tenido la respuesta esperada, de manera que los esfuerzos deben ir orientados para evitar que los hechos de violencia tengan lugar, e incluso una vez cometidos la respuesta del Estado sea eficiente y no esperar la sentencia judicial que imponga alguna medida.

De acuerdo a la Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia y la Ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar, la potestad cautelar conferida al juez es lo suficientemente amplia para decretar todo tipo de medidas. Además, establece que el juez debe dar protección a la víctima y a su grupo familiar en cualquier etapa del proceso, y que el Ministerio Público tiene la obligación de solicitar estas medidas al juez de garantía, y el tribunal de familia de decretarlas, aun siendo incompetentes para conocer el caso.

Sin embargo, señala la autora de la moción, esta potestad se ve entrabada por circunstancias que tienen lugar en la realidad práctica del funcionamiento de los actores de la administración de justicia de familia, dificultando que se ejerza esta facultad judicial con entera precisión.

Entre estas circunstancias, destaca, se encuentra la fragmentariedad de los partes policiales y la inasistencia de letrados, lo que dificultad la garantía de los derechos de las personas.

Como consecuencia, agrega, no hay una evaluación precisa del riesgo por parte del tribunal, por lo que las medidas cautelares se adoptan de oficio y se apartan de lo que desean las personas. De igual manera, señala que no está consagrada en la ley la posibilidad de establecer medidas cautelares potentes y eficientes, como el uso de dispositivos tecnológicos de control para evitar un daño mayor a las víctimas de violencia intrafamiliar, siendo esto último clave para el éxito de las medidas de protección.

Sin embargo, contrapone, hacer efectivas las medidas cautelares es difícil, dado que muchas veces son las mismas víctimas quienes las incumplen.

En este sentido, señala la autora de la moción, es necesario fortalecer las potestades del juez para dictar las medidas cautelares pertinentes y dotar al sistema de un mecanismo de fiscalización eficaz de las mismas, con el fin de evitar las lamentables cifras de femicidio y de lesiones que han tenido lugar en el presente año.

Con el fin de incorporar la supervisión, mediante monitoreo telemático, de la prohibición de acercamiento que decreten los tribunales con competencia en materia de familia y penales en las causas por violencia intrafamiliar, y de crear la Comisión para la Elaboración de Proposiciones Técnicas para el Seguimiento y Evaluación de los Casos de Violencia Intrafamiliar, el proyecto modifica la Ley N° 19.968 que crea los Tribunales de Familia y la Ley N° 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar.

 

Vea texto de la moción, discusión y análisis del proyecto Boletín N°9715-07

 

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