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Futuro de la minería.

“Los Recursos Mineros y la Constitución”: Colegio de Ingenieros presenta nuevo informe.

En torno al proceso constituyente, el Gremio conformó una comisión especial que se abocó al desarrollo de cuatro informes. Uno de ellos, relativo a los recursos mineros, aborda los aspectos clave para el desarrollo de la minería y el cambio constitucional.

20 de octubre de 2021

La Comisión fue presidida por el ex Intendente Fernando Echeverría y la integraron el Presidente del Colegio, Raúl Alcaíno, el Director de Voces Mineras, Elías Arze, además de Fernando Agüero, Sergio Bitar, María Luisa de la Maza, Juan Carlos Latorre, Luis Valenzuela y Camilo Lledó.

Las conclusiones fueron presentadas a los socios de Voces Mineras, y resaltaron en primer lugar la continuidad jurídica que ha existido desde la reforma de 1971 a la Constitución de 1925, cuando se nacionalizó el cobre, la que estableció que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y otros tipos de minerales.

Además, el documento señala que hay consistencia entre el actual y los anteriores Códigos de Minerías, en los que se ha establecido la diferencia entre el régimen de propiedad del subsuelo respecto de los terrenos superficiales y el involucramiento de los tribunales de justicia en el otorgamiento y extinción de las concesiones. Asimismo, constata que el régimen minero de la actual Constitución es consistente con la estructura legal de países como Canadá, Australia, Sudáfrica y Perú.

El Informe destaca los elementos esenciales que otorgan las bases para el adecuado funcionamiento de la actividad, como la posibilidad de otorgar los minerales a privados en concesión para su exploración y explotación, mientras se satisfaga el interés público; que las concesiones se constituirán siempre por resolución judicial, tendrán una duración adecuada y suficiente para el desarrollo de una industria altamente intensiva en capitales; que exista un régimen de propiedad sobre la concesión amparado en la misma Constitución; y que la ley establezca los requisitos para el otorgamiento, mantención, caducidad y extinción de las concesiones.

Por otro lado, resalta el deber del Estado de generar las condiciones adecuadas para el crecimiento sostenible del país, catalogando la actividad minera como una actividad económica esencial, lo que implicará integrarse también con el desarrollo social, ambiental y cultural.

“La minería es la principal actividad económica del país y ha contribuido significativamente al crecimiento del PIB y a la disminución de la pobreza entre los años 1990 y 2017. En la última década la actividad de las mineras ha representado del orden del 12% del Producto Interno Bruto, llegando aproximadamente a un 18% si se consideran las actividades de encadenamiento productivo con el resto de la economía”, expone la publicación.

A su vez, el documento plantea modificaciones que pueden introducirse en nuestra institucionalidad, como la revisión de las obligaciones de los titulares de concesiones de exploración y explotación, que asegure la realización de actividades que permitan expandir la actividad minera. Por ejemplo, aplicando un sistema de patentes progresivas para las concesiones que no se encuentren en etapa de explotación, junto con limitar la temporalidad de la concesión de explotación para aquellas que no han sido desarrolladas.

Propone remover al litio como sustancia estratégica no susceptible de concesión, incorporándolo como una sustancia concesible a privados y al Estado, con el fin de promover las inversiones; aumentar la transparencia de los distintos órganos del Estado, incorporando dentro del régimen de tramitación judicial toda la actividad relativa a minerales no metálicos; y revisar las actuales políticas de fomento de la pequeña minería, para que, unido a la modificación de las obligaciones de los concesionarios mineros, se generen nuevas herramientas de apoyo conectadas con los capitales de riesgo.

La publicación también recomienda mejorar los niveles de información sobre los asuntos tributarios, para compatibilizar los datos que emiten los distintos organismos de control del Estado relativos a la producción, ventas y exportaciones; facilitar la llegada de capitales de riesgo y el acceso a la propiedad minera a través de la bolsa de valores, para incrementar la participación de empresas junior enfocadas en la exploración; exigir que se cumpla a cabalidad la entrega de la información geológica, hidrogeológica, geoquímica y mineralógica que se recopile en la exploración; y confirmar la propiedad o derechos sobre el agua de mar desalada en plantas construidas por las compañías mineras, que han hecho fuertes inversiones para aliviar la situación de estrés hídrico.

Además, expone que las empresas continúen haciendo el esfuerzo de incorporar las mejores prácticas internacionales para proteger el medioambiente, relevando el estándar global de manejo de relaves establecido por Naciones Unidas y el Consejo Internacional de Minería y Metales.

El Informe estima que se debe favorecer el desarrollo productivo en las zonas geográficas donde actúa la minería, como transporte, energía, agua, tecnología, capital humano, velando por los servicios ecológicos del territorio y minimizando su intervención en él; y velar por aumentar la competitividad del sector, incrementando la productividad, simplificando los procesos aprobatorios, cumpliendo los acuerdos tributarios y realizando capacitación laboral e investigación tecnológica.

De realizarse una reforma tributaria, el documento precisa que esta debe permitir que se sigan realizando inversiones de largo plazo que son necesarias en la industria y que contenga una estructura impositiva que garantice estabilidad en el tiempo, que otorgue certidumbre y permita prever su impacto a las inversiones futuras.

Por último, el Informe detalla los principales desafíos que enfrenta la minería de cara al futuro, “como la progresiva disminución de las leyes de mineral en los yacimientos; los conflictos socioambientales y la falta de reconocimiento de la comunidad; la creciente incerteza jurídica y tributaria; la extensión de los plazos y complejidad en la obtención de permisos; la falta de promoción de la pequeña y mediana minería; la progresiva competencia de China; y los ineludibles retos y oportunidades que implica la descarbonización”.

 

Vea Informe completo.

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  1. La constitucion establece q es el estado el dueño de los yacimientos mineros, la loccm es inconstitucional, el royalty existe en el litio y es resorte del congreso legislarlopara la minería y se aprueba por mayoria simple. codelcochile durante decenios con un 30% de la produccion de cu aportóo al fisco mas q el 70% de la gran minería privada, codelcochile ha aportadom us$ 115 billones -en valor us$ 2020- al fisco vease su memoria de 2020. un impuesto especifico no es un royaly. Chile debe recuperar sus recursos naturales, los paises conn algo de civiilizacion no los regalan. cuento con vivencia en el negocio del cu en decenas de us$ billones como codelco ventas y protagonico en la exportacion desde Chile al Brasil en trade finance como representante de bcos chilenos e independiente con la confianza de bcos chilenos y bcos extranjeros de talla mundial durante mas de 30 años. su «informe» merece un PLOP