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Campaña Presidencial.

Proyecto de ley busca asegurar la permanencia en el país de los candidatos a Presidente de la República.

No es posible admitir que un candidato pase la mayor parte del tiempo de lo que dura la campaña presidencial fuera del territorio nacional, lo que debe ser regulado y supervisado por el Consejo Directivo del Servicio Electoral.

18 de noviembre de 2021

La moción, patrocinada por los Senadores Carlos Bianchi y Rodrigo Galilea, y las Senadoras Ximena Rincón y Marcela Sabat, modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios y la Ley que establece el Sistema de Elecciones Primarias, con el fin de que los candidatos a Presidente de la República no puedan salir del país, salvo autorización del Consejo Directivo del Servel por razón fundada.

Los autores señalan que la Presidencia de Chile no es solo la jefatura de Estado y de Gobierno, sino que además el más alto honor cívico al que puede optar un ciudadano, por lo que se han definido ciertos requisitos para optar al puesto.

Detallan que los requisitos establecidos en la Constitución son pocos, ser mayor de 35 años, tener nacionalidad chilena y tener derecho a sufragio. Esta amplitud, añaden, ha sido concebida para que toda persona que quiera servir a la patria y cuente con un debido respaldo pueda hacerlo, sin embargo, consideran que es necesario regular de forma más explícita el comportamiento que deben tener los candidatos a la Presidencia de la República, como es el caso de la permanencia en el país.

No es posible, estiman, que un candidato pase la mayor parte del tiempo que dura la campaña presidencial fuera del territorio nacional y además manteniendo deudas pendientes en el país, ya que podría pensarse que su ausencia puede ser un intento de burlar la legislación nacional.

Ahora bien, independientemente de que se trate o no de un candidato con deudas pendientes, aclaran que hay razones de peso para sostener que todo candidato presidencial deba permanecer en Chile durante su campaña, con excepción de que deba viajar por un motivo personal, laboral o de alguna otra índole.

Observan que, dado que el Consejo Directivo del Servicio Electoral es quien tiene a su cargo la supervisión del proceso electoral, debiera ser ese órgano el que otorgue la autorización para salir.

Así, connotan, es posible que un candidato a la Presidencia que ya esté inscrito solicite al Consejo Directivo la autorización, por una razón fundada, sin limitar, empero, el motivo de la salida, dado que los candidatos continúan siendo ciudadanos y tienen derecho a salir del país.

Mencionan que, de hecho, es posible que un candidato pueda querer realizar una gira por algunos países con el fin de captar el voto de chilenos en el extranjero.

Por otro lado, señalan que también debe regularse el hecho de que los candidatos hayan iniciado su período de campaña fuera del país y no aspiren volver hasta la cercanía de las elecciones, considerando que la declaración de candidaturas es un acto que puede realizarse a través de un poder o que llevan a cabo las directivas de Partidos Políticos. Para este caso, plantean que el Consejo Directivo pueda exigir que el candidato vuelva al país en un plazo de tres días corridos y, en caso de no cumplirlo, no considere como inscrita la candidatura presidencial.

El proyecto modifica la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, con el fin de exigir que los candidatos a la Presidencia de la República soliciten permiso al Consejo Directivo del Servicio Electoral si desean salir del país y establecer la exigencia de regresar en un plazo de tres días corridos desde la inscripción de la candidatura, en caso de encontrarse afuera; modifica la Ley N°20.640, que establece el Sistema de Elecciones Primarias para la nominación de candidatos a la Presidencia de la República, Parlamentarios, Gobernadores Regionales y Alcaldes para hacer aplicable la nueva norma incorporada en la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios.

El proyecto pasó a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto Boletín N°14695-06.

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