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Parlamento Español.

Proyecto de ley que busca inhabilitar, multar e investigar penalmente a jueces que dicten resoluciones que sean revocadas por el TEDH o el TJUE, es rechazado por el Parlamento Español.

Proyecto de ley estaba dirigido a jueces y magistrados del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional Español.

25 de noviembre de 2021

En días pasados fue rechazado el proyecto de ley presentado por el Grupo Parlamentario Esquerra Republicana-Euskal Herria Bildu, que buscaba inhabilitar, multar e investigar penalmente a jueces que, en la vía interna española, dicten resoluciones judiciales que sean declaradas vulneradoras de derechos humanos o libertades fundamentales por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

A juicio de los parlamentarios, la proposición de ley pretendía constituirse como fortalecimiento del compromiso con los derechos humanos, intensificando los efectos en el ordenamiento jurídico interno de las sentencias del TEDH y TJUE que declaren vulneraciones por parte del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional de derechos y libertades, especialmente cuando hayan comportado privación de libertad o suspensión o privación del ejercicio de derechos políticos, consagrados en la Constitución Española.

El proyecto proponía una serie de reformas a importantes cuerpos normativos del ordenamiento jurídico español, entre las cuales destacaban las siguientes:

Se proponía la incoación de diligencias penales por el Ministerio Fiscal tendentes a determinar si la violación de derechos es, asimismo, constitutiva de delito cuando las resoluciones judiciales dictadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, en única instancia, en casación o amparo, hayan comportado privación de libertad y/o suspensión o privación del ejercicio de derechos políticos.

Se establecía que dicha situación constituía un supuesto de “funcionamiento anormal de la Administración de Justicia” y, por lo tanto, procedía la incoación de expediente de responsabilidad patrimonial, generando un correspondiente derecho a indemnización.

Adicionalmente, se señalaba que el juez o magistrado que incurría en dicha violación constituía falta grave a los efectos del régimen de responsabilidad disciplinaria, la cual se configuraba como causa de inelegibilidad para acceder a ciertos cargos al interior del sistema judicial.

Tras su discusión, el proyecto fue rechazado por el Senado con 223 votos en contra y 36 votos a favor.

 

Vea texto del proyecto de ley (622/000037) y su tramitación en el Senado.

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