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imagen: BBC
Seguridad Ciudadana.

Proyecto de ley modifica el Código Penal para tipificar delitos contra las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería y regular el uso de la fuerza.

No solo se hace necesario crear un estatuto idóneo y unificado para la tipificación de las conductas cometidas en contra de funcionarios de dichas instituciones, sino que también regular las materias relevantes para que puedan realizar un adecuado ejercicio de su función, bajo un marco de protección suficiente.

26 de noviembre de 2021

La moción, patrocinada por los Diputados Alessandri, Bobadilla, Fuenzalida, Moreira, Torrealba y Urrutia, modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal y el Código de Justicia Militar, con el fin de sistematizar los límites del uso de la fuerza en los cuales habría exención de la responsabilidad penal por parte de los funcionarios y unificar los delitos cometidos en contra del personal de dichas instituciones y las penas aplicables.

Los autores señalan que uno de los deberes esenciales del Estado es resguardar la seguridad de la Nación y brindar protección a la población, función que les corresponde a las Fuerzas Orden y Seguridad Pública, que están integradas por Carabineros y la Policía de Investigaciones de Chile.

Estas instituciones, añaden, comparten características comunes, ya que sus roles están relacionados directamente con la ciudadanía en materia de seguridad, viéndose en la obligación de intervenir en situaciones de riesgo, enfrentándose y arriesgando sufrir graves riesgos para su propia integridad.

Estiman que, en los últimos años, el respeto a estas instituciones ha decaído considerablemente, no solo en materia de confianza de la población, sino en los atentados que han sufrido sus funcionarios, como el asesinato del carabinero Eugenio Naín Caniumil o el ataque que sufrió el cabo primero, Jorge Enrique Pérez, quien quedó con paraplejía luego de recibir tres impactos de bala.

Actualmente, observan, los delitos contra Carabineros, la Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile se encuentran dispersos en diferentes cuerpos legales y con diferentes sanciones entre ellos. Si bien antes del 2011 la regla era tratar a Carabineros como una rama de las Fuerzas Armadas, por lo que les era aplicable la Justicia Militar, mientras que para la PDI y Gendarmería se aplicaba la Justicia Civil, luego de la Reforma Procesal Penal de ese año se trasladó la competencia de la Justicia Militar a la Justicia Civil para todos los casos en que estén involucrados civiles y funcionarios de carabineros, por lo que la responsabilidad de persecución dejó de ser del Fiscal Militar y se traspasó al Ministerio Público.

Sin embargo, contraponen que aun existe disparidad en la regulación de las tres instituciones, ya que la legislación aplicable está dispersa entre el Código de Justicia Militar y las Leyes Orgánicas de la Policía de Investigaciones y Gendarmería.

Por ello, proponen suprimir la regulación de los delitos cometidos en contra del personal de estas instituciones y unificarlos en el Código Penal, dándoles un tratamiento y regulación unitaria que proteja efectivamente a los funcionarios, además de que se contemple una eximente de la responsabilidad penal en el uso racional de la fuerza, estableciendo límites e hipótesis de que se entenderá por uso racional.

Por tales consideraciones la iniciativa modifica el Código Penal, con el fin de regular los límites del uso de la fuerza y los supuestos en que su uso estaría eximido de responsabilidad penal. Además, unifica los delitos cometidos en contra de Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile, cuando se cometan en razón del cargo que ocupan o en el ejercicio de sus funciones, recogiendo los delitos de homicidio, castración o mutilación, lesiones y amenazas, manteniendo las penas e incorporando tres nuevos delitos: acometimiento o resistencia violenta, empleo de fuerza o intimidación contra el funcionario, daños en bienes fiscales de las instituciones e incitación a la violencia contra miembros de Carabineros.

También modifica el Código Procesal Penal, imponiendo la obligación del Ministerio Público para que previo al Archivo Provisional o la Suspensión Condicional de esas causas, se someta la decisión a la aprobación del Fiscal Regional respectivo, así como también se incluye dentro de los delitos que no califican para penas sustitutivas y libertad condicional los cometidos contra funcionarios de las tres instituciones.

Por último, deroga diferentes artículos del Código de Justicia Militar, de la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones y la Ley Orgánica de Gendarmería que tienen relación con los delitos cometidos en contra de los funcionarios, ya que se trasladan al Código Penal.

El proyecto pasó a la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara Baja.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto Boletín N°14692-25.

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