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Cámara de Diputados.

Aprueban legislar para fortalecer el sistema de alta dirección pública y el Servicio Civil.

El texto, enviado ahora a la Comisión de Hacienda, se enmarca en la agenda de modernización del Estado. Entre las innovaciones de la ley se pueden mencionar la creación de un banco electrónico de funcionarios del sector público y la incorporación de más cargos al sistema de la Alta Dirección Pública.

23 de diciembre de 2021

El objetivo del proyecto aprobado en general por la Sala de la Cámara es profundizar los principios del mérito y la profesionalización como motores de un Estado ágil y comprometido al servicio de todos los habitantes de nuestro país. Tiene como finalidad fortalecer el Sistema de Alta Dirección Pública (ADP) y la dirección nacional del Servicio Civil.

El informe de la Comisión de Hacienda, rendido por el diputado Leopoldo Pérez, explica que, para sus fines, la iniciativa modifica la Ley 19.882, que regula la nueva política de personal para los funcionarios públicos. En este marco se determinan requerimientos en lo relativo a los estudios que encargará la dirección del Servicio Civil sobre remuneraciones y dotaciones de personal.

Además, se le agregan otras funciones relacionadas al ámbito de la capacitación en los servicios públicos y para diseñar programas y planes de formación.

Paralelamente, se le encarga publicar en su sitio web el porcentaje de cumplimiento de los convenios de desempeño. Además, deberá evaluar, periódicamente, la calidad de la formulación, evaluación y cumplimiento de dichos convenios para los altos directivos públicos. Dichos antecedentes serán entregados al Presidente de la República, cuando éste lo requiera o al menos dos veces al año.

También deberán instruir y supervisar el cumplimiento de las instrucciones de carácter general que dicte. Esto es respecto del cumplimiento de los principios de mérito e idoneidad en los procesos de reclutamiento y selección del personal de los servicios públicos de la administración del Estado.

Banco de funcionarios y estrategia nacional

Otra facultad será administrar un banco electrónico de funcionarios del sector público destinado a facilitar la búsqueda y ofrecimiento de vacantes de empleo. Para ello, mantendrá una base de datos de los perfiles profesionales y la trayectoria laboral de aquellas personas que hayan ingresado a la administración del Estado a través de un proceso de reclutamiento y selección basado en mérito, o en certificaciones o acreditaciones de competencias laborales, según los criterios establecidos por el Servicio Civil.

Las instituciones que desarrollen los procesos señalados deberán entregar la información previo consentimiento de los funcionarios.

Este banco estará disponible al menos para ministros, subsecretarios y jefes superiores de servicio. Ellos podrán convocar a quienes lo integren a participar en procesos de reclutamiento y selección de sus instituciones o en nóminas de candidatos elegibles para desempeñar funciones en los órganos de la administración del Estado.

Adicionalmente, la dirección podrá proponer al Presidente la Estrategia Nacional de Desarrollo de Personas. Esta contendrá lineamientos generales destinados a orientar a la administración sobre las prioridades en el mediano plazo para la atracción de talento. De igual modo, respecto del desarrollo y el desempeño de los funcionarios públicos y los procesos de gestión necesarios para implementar la debida modernización del Estado.

Mientras que, la dirección comunicará a los servicios públicos el Plan Anual de Capacitación Transversal. Junto a esto, se regula la forma en que estas capacitaciones se encargarán y el necesario seguimiento a su ejecución.

Otras normas

El proyecto realiza ajustes en el marco de normas referidas al proceso de selección de los altos directivos públicos. Por otra parte, permite que el Servicio Civil efectúe convocatorias destinadas a preseleccionar candidatos a futuras vacantes de cargos de ADP.

Los antecedentes serán evaluados y, de ser considerados idóneos, serán incorporados al mencionado registro. Se aclara, en todo caso, que los participantes no contraerán un vínculo de subordinación y dependencia. Tampoco tendrán derecho a remuneración o contraprestación alguna.

Adicionalmente, se adscriben al sistema de ADP nuevos cargos del segundo nivel jerárquico. Ello afectará a 16 puestos del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, a 16 del Instituto de Seguridad Laboral y a 20 de servicios de salud. También se incorporan los cargos del mismo nivel mencionado de la Dirección General de Obras Públicas y de la Dirección de Planeamiento del MOP.

Por último, entre otras variadas normas, se define la entrada en vigencia de las distintas normas de esta ley. Entre ellas, el inicio del banco electrónico de funcionarios del sector público.

Debate y votaciones

Los legisladores RN Bernardo Berger y Leopoldo Pérez estimaron que la iniciativa va en la dirección correcta. Resaltaron la idea de fomentar un Estado ágil y la designación de directivos sobre la base del mérito. Además, destacaron que se reduce de un 20 a un 10% la designación directa del Presidente de la República y el aumento de los cargos sometidos a la ADP. Junto a esto, que las desvinculaciones sean ahora fundadas, bajo parámetros definidos por el Servicio Civil.

En la votación, el grueso de las normas se aprobó en su idea de legislar. Sin embargo, no alcanzaron el quórum requerido las disposiciones de ley orgánica constitucional que exigían 89 votos favorables como mínimo (se registraron 66 a favor, 45 en contra y 5 abstenciones).

Por efecto de lo anterior se restaron del texto algunas normas relacionadas a la ADP, así como dos artículos transitorios.

Ahora, el proyecto continuará su trámite en la Comisión de Hacienda, tras ser objeto de indicaciones.

 

 

Vea texto íntegro de la moción , discusión y análisis en Boletín N°14582.

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