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Notable abandono de deberes.

Alcaldesa en ejercicio de Cerrillos requiere a Tribunal Electoral Regional decretar inhabilidad de ex edil de dicha comuna.

No pagó oportunamente las cotizaciones previsionales de trabajadores municipales que resultaron vencedores en diversos procedimientos judiciales laborales, por lo que el municipio incurrió en millonarios gastos solo por concepto de multas en beneficio de los actores.

24 de diciembre de 2021

La alcaldesa en ejercicio de la Municipalidad de Cerrillos, Lorena Facuse, requirió al Primer Tribunal Electoral Metropolitano, decretar la inhabilidad para ejercer cargos públicos por 5 años, en contra del ex edil de dicha comuna, Arturo Aguirre, por haber incurrido en notable abandono de deberes e infracciones graves y reiteradas a la probidad administrativa.

Alega que el denunciado no pagó oportunamente las cotizaciones previsionales de trabajadores municipales que resultaron vencedores en diversos procedimientos judiciales laborales, por lo que el municipio incurrió en millonarios gastos solo por concepto de multas en beneficio de los demandantes.

Afirma que lo anterior constituye un notable abandono de deberes e infringe grave y reiteradamente la probidad administrativa contemplada en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que establece que “las autoridades deben dar estricto cumplimiento al principio de probidad administrativa, el que consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función del cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”.

Asimismo, sostiene que el ex alcalde infringió lo establecido en el artículo 5 letra c) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que dispone que, para dar cumplimiento a los fines de satisfacer las necesidades de la comunidad local, todo alcalde debe administrar correctamente los bienes municipales, lo que comprende a su vez la obligación de velar por el cabal y oportuno pago de las cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y trabajadores de los servicios traspasados, así como, trimestralmente, rendir cuenta al Concejo Municipal del estado en que se encuentra el cumplimiento de dicha obligación, todo lo que no hizo.

 

 

Vea requerimiento de inhabilidad interpuesto ante el Primer Tribunal Electoral Metropolitano, Rol N° 8939-2021.

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