Noticias

Imagen: g5noticias.cl
Empresas celebraron acuerdo anticompetitivo.

TDLC multa con US$ 6,48 millones a empresas de aviones cisterna para combatir incendios forestales acusadas de colusión por la FNE.

En su sentencia, el Tribunal condenó a estas compañías a pagar una multa a beneficio fiscal de 8 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), que equivalen a una cifra cercana a los US$ 6,5 millones. Del total, US$ 1,5 millones deberá asumirlo Faasa Chile y casi US$ 5 millones, Martínez Ridao.

30 de enero de 2022

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en julio del 2018 contra las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos Limitada y Martínez Ridao Chile Limitada por haber celebrado y ejecutado un acuerdo anticompetitivo para impedir, restringir o entorpecer la competencia en el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna en el territorio nacional durante las temporadas comprendidas entre los años 2009 y 2015.

En su sentencia, el Tribunal condenó a estas compañías a pagar una multa a beneficio fiscal de 8 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), que equivalen a una cifra cercana a los US$ 6,5 millones. Del total, US$ 1,5 millones deberá asumirlo Faasa Chile y casi US$ 5 millones, Martínez Ridao. Adicionalmente, se impuso como medida a las dos requeridas, la obligación de adoptar un programa de cumplimiento y ética en materia de libre competencia que satisfaga al menos los requisitos establecidos en la «Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia» de la FNE.

“El acuerdo alcanzado por las Requeridas les confirió poder de mercado y con ello la aptitud de producir efectos perniciosos en la competencia en el mercado relevante. Ello por cuanto el acuerdo involucró a los dos principales oferentes del mercado y, por tal motivo, suprimió la competencia que debía existir entre ambos, aumentando consecuentemente su poder de mercado”, dice el TDLC en su decisión.

En la acusación de la FNE, acogida por el Tribunal, se señala que estas empresas acordaron actuar conjuntamente en el mercado chileno, determinando condiciones de comercialización, precios y la participación de oferentes en procesos de contratación públicos y privados para asignarse contratos en el período referido.

Entre los afectados por este acuerdo se cuentan instituciones del Estado, como la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi), así como algunas empresas forestales privadas.

“Esta decisión del Tribunal acredita la existencia de un acuerdo que afectó a un mercado tan sensible como el combate aéreo de incendios forestales desarrollado mediante aviones. Las requeridas, que forman parte de grupos empresariales que operan en España y otros países de Europa, también han sido investigadas en el extranjero por conductas similares, lo que nos obliga a permanecer muy alertas y mantener coordinación con distintas agencias y autoridades que nos permitan obtener evidencia para desbaratar estos acuerdos ilícitos”, dijo el Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco.

La investigación de la FNE

La investigación de la Fiscalía comenzó en febrero de 2017, tras conocerse información de prensa sobre un acuerdo detectado en España entre empresas de combate y prevención de incendios forestales que ejecutaron delitos de alteración de precios en concursos públicos, organización criminal y falsedad de documentos mercantiles y que algunas de las investigadas llevaron este acuerdo a Portugal, Italia, Francia y Chile, además de España. De esas compañías, únicamente las sentenciadas han prestado servicios de extinción de incendio en el territorio nacional.

En las pesquisas, que incluyeron un allanamiento a las oficinas de las investigadas, la Fiscalía obtuvo antecedentes sobre reuniones y comunicaciones sostenidas entre ejecutivos de estas empresas para discutir sobre la participación de cada una en el mercado afectado.

Así, se logró establecer que FAASA y Martínez Ridao se coordinaron a través de un acuerdo colusorio único y continuo, celebrado con un único objeto, asignarse o adjudicarse contratos para prestar servicios de combate y extinción de incendios forestales, a través de aviones cisterna; ello, en el marco de procesos de contratación convocados por empresas privadas y entidades públicas, entre el 2009 y el 2015.

 

Vea Sentencia del TDLC Nº179-2022

Vea requerimiento de la FNE

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *