El arbitrio adolece de manifiesta falta de fundamento.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda de constitución de servidumbre minera sobre terreno fiscal.
El máximo Tribunal descartó error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, que concedió la de primera instancia que acogió la acción.

La Corte Suprema constituyó la sentencia que hizo lugar a la demanda de constitución de servidumbre minera y desechó el pago de una indemnización al Fisco, dueño del predio sirviente, por la suma de 2.702,17 UF, la que debe ser cancelada al contado y anterior a la inscripción de la servidumbre.
El fallo señala que la demandante, Minera Lejano Oeste SA, sucedida legalmente por Minera Santo Domingo, es dueña de las pertenecías mineras ubicadas en la comuna de Diego de Almagro, denominadas MANTA 270 UNA A MANTA 270 VEINTIOCHO, MANTA 273 UNA A MANTA 273 SESENTA, MANTA 276 UNA a MANTA 276 VEINTIDÓS, que se encuentran inscritas en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Diego de Almagro, correspondiente al año 2010.
La resolución agrega que el Fisco de Chile es dueño del predio superficial en que se pretende la constitución de la referida servidumbre, conforme inscripción de dominio a su nombre, reinscrita en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Diego de Almagro, correspondiente al año 1996.
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