Opinión.
«El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la doble instancia en el ámbito administrativo sancionador», por José María Segura Grau, magistrado de la Sala de lo contencioso administrativo del tribunal de Madrid.
Segura afirma que a pesar de la importancia de la sentencia donde se condena al Reino de España por incumplir el art.2 del Protocolo nº 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al entender que no se ha respetado la garantía de la doble instancia, ha transcurrido ya un año y medio desde que fue dictada y nuestro legislador no parece darse por aludido en una cuestión que exigiría un replanteamiento del actual sistema de recursos en la jurisdicción contencioso-administrativa.

En una reciente publicación del medio elderecho.com se da a conocer el artículo «El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la doble instancia en el ámbito administrativo sancionador», por José María Segura Grau, magistrado de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Saquetti Iglesias c. España condena al Reino de España por incumplir el art.2 del Protocolo nº 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos –EDL 1984/11163-, al entender que no se ha respetado la garantía de la doble instancia -la revisión por un tribunal superior de un pronunciamiento de culpabilidad-.
El magistrado afirma que a pesar de la importancia de la sentencia y de la enmienda que supone a nuestro ordenamiento jurídico, ha transcurrido ya un año y medio desde que fue dictada y nuestro legislador no parece darse por aludido en una cuestión que exigiría un replanteamiento del actual sistema de recursos en la jurisdicción contencioso-administrativa.
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