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Moción.

Proponen modificar el Reglamento de la Cámara de Diputados para regular el procedimiento de selección de candidatos a proponer al Senado para que nombre dos ministros del Tribunal Constitucional.

La Cámara deberá proponer al Senado, para su aprobación o rechazo, en votación única, a dos candidato seleccionados a través de un Concurso Público de Antecedentes.

2 de mayo de 2022

La moción, patrocinada por las diputadas Yovana Ahumada, Karen Medina y Chiara Barchiesi, y los diputados René Alinco, Roberto Arroyo, Rubén Dario Oyarzo, Víctor Alejandro Pino, Francisco Pulgar y Gaspar Rivas, modifica el Reglamento de la Cámara de Diputados para regular el procedimiento de propuesta para el nombramiento de Ministros del Tribunal Constitucional.

La iniciativa expone como fundamentos que la actividad de los Poderes Públicos debe ser abierta e informada a la ciudadanía, y que dicha actividad debe estar, además, ceñida por la probidad y transparencia de sus actuaciones.

Enseguida refiere la importancia de la integración del Tribunal Constitucional y destaca el rol que le corresponde a la Cámara de Diputadas y Diputados en las proposiciones que debe realizar al Senado de dos Abogados para ejercitar el cargo de Ministro de dicha Magistratura, de allí que los diputados que están tras esta moción promueven que dicha proposición deba hacerse previo Concurso Público de Antecedentes.

Indican que lo anterior evitará el actual sistema imperante donde no existe publicidad ni verdadera participación, lo que ha venido a menguar en algunos casos el prestigio de la Magistratura Constitucional.

Estiman que quienes cumplan con los requisitos para integrar el Tribunal Constitucional deben participar en un concurso público de antecedentes al que deberán presentar sus currículos, títulos, grados y certificados profesionales ante el Secretario, dirigidos a la Cámara, haciendo llegar todos y cada uno de los documentos que justifiquen sus capacidades, haciéndolos por ese solo hecho partícipes de la instancia que se abrirá para tal cometido.

En concreto, proponen incorporar al Reglamento de la Cámara de Diputados, una norma del siguiente tenor:

“Recibida la comunicación correspondiente del Tribunal Constitucional sobre la vacancia de los cargos que deban completarse en dicho organismo, y que son de designación del Senado previa proposición por esta Cámara, según lo previsto en el artículo 92 inciso primero letra b) de la Constitución Política, el Presidente encargará al Secretario que llame a Concurso Público de Antecedentes por el término de quince días corridos.

El llamado a Concurso deberá publicarse en el Diario Oficial, el que deberá informar la descripción del cargo, sus requisitos y prohibiciones, duración y documentación requerida para ser incluido en él. Además, le dará debida difusión en la página web institucional, y deberá incluirla en dos diarios de circulación nacional por dos días seguidos. Deberá también comunicarlo al Colegio de Abogados de Chile y a los Decanatos de las Escuelas de Derecho de las Universidades del Estado y de las reconocidas por éste.

Vencido el plazo de la convocatoria, el Secretario así lo certificará, individualizando a todos y cada uno de los postulantes, verificando que cumplen con los requisitos del artículo 92 inciso segundo de la Carta Fundamental. Hecho lo anterior, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento convocará a una audiencia pública con los postulantes que cumplan los requisitos, y luego de oírlos, emitirá su informe a la Sala, la que, citada en forma especial por el Presidente, procederá en votación única, resultando electa la dupla para la proposición que debe efectuarse al H. Senado, si reúne las dos terceras partes de los Diputados y Diputadas en ejercicio.

En caso de no reunirse dicho quorum, repetirá el procedimiento hasta que se apruebe la proposición que deba hacerse al Senado».

 

Vea moción, discusión y análisis Boletín Nº14923-07

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