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Imagen: escenariotlx.com
Prevención general del delito.

Proyecto de ley que modifica el Código Penal para incrementar la pena asociada al delito de robo en lugar habitado e incorporar una agravante de responsabilidad criminal.

La iniciativa busca que el aumento de la pena constituya un verdadero mecanismo de prevención del delito, que inhiba a los delincuentes de seguir cometiendo esa clase de conductas ilícitas y reprochables.

20 de mayo de 2022

Por María Catalina Díaz Bustos, Universidad San Sebastián

La moción, patrocinada por las Diputadas Chiara Barchiesi y Gloria Naveillan, y los Diputados Cristián Araya, Johannes Kaiser, Miguel Mellado, Mauricio Ojeda, Agustín Romero, Stephan Schubert, Luis Sánchez y Cristóbal Urruticoechea, modifica el Código Penal para incrementar la pena asociada al delito de robo en lugar habitado, e incorporar una agravante de responsabilidad criminal., Universidad San Sebastián

El proyecto señala que la función del Derecho Penal positivo “no es otra que la normativamente definida para el propio Estado, esto es, ‘promover el bien común’, contribuyendo ‘a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías’ antes mencionados (art. 1, inc. 3° CPR)”; agregando que tiene una naturaleza “instrumental”, toda vez que se encuentra al servicio de la convivencia humana, de forma tal que su cometido esencial consiste en la protección de los valores fundamentales del orden social.

Refiriéndose a los delitos de robo, expresa que es posible identificar que la motivación que tuvo el legislador penal fue la de proteger la propiedad de las personas y, por ello, se tipifican diversos delitos que buscan inhibir a posibles ladrones de conductas ilícitas que están prohibidas por el ordenamiento jurídico, pero, además, en caso de transgresión de la norma jurídica, se establecen penas acordes con la gravedad del delito.

En relación al delito de robo en lugar habitado, expone que, en el último tiempo, se ha podido constatar un aumento exponencial de su ejecución, constatándose por el Centro de Estudios y Análisis del Delito (CEAD), que durante el año 2020 se registraron 1.654 denuncias por delitos en lugar habitado y, durante el año 2021, la cifra fue de 1.468 denuncias.

Frente a tal situación, sostiene que se debe aumentar la pena asociada a este tipo de delito -que actualmente va desde los 5 años y 1 día hasta los 10 años, según lo previsto en el artículo 440 del Código Penal-, a fin que se fije entre los 10 años y 1 día hasta los 15 de años de cárcel, es decir, aumentar la pena a presidio mayor en su grado medio.

Además, propone modificar el artículo 12 del Código Penal, referido a las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal, para establecer que en el delito de robo con fuerza en las cosas efectuado en lugar habitado o destinado a la habitación o en sus dependencias, la ejecución de dicho delito en presencia de un menor de dieciocho años, de un adulto mayor, de una mujer embarazada o de una persona en situación de discapacidad, constituye una circunstancia agravante.

 

Vea Boletín N°14882-25 y siga su tramitación aquí.

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