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Imagen: Radio Universidad de Chile
Derecho a la educación.

Acción de protección deducida por Alcaldesa de Caldera en contra de autoridades educacionales de la Región de Atacama por estudiantes sin matrícula, se acoge a trámite por la Corte de Copiapó.

Las recurridas no han generado el financiamiento para crear las matrículas, ni las condiciones para la entrega efectiva de la educación pública lo que se traduce en que 66 niños, niñas y adolescentes están sin colegio.

29 de mayo de 2022

La acción fue presentada ante la Corte de Copiapó por la Alcaldesa de la Municipalidad de Caldera, en contra del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Atacama y de la SEREMI de Educación de Atacama, por la omisión de no generar matrículas a 66 niños, niñas y adolescentes (NNA) de la comuna de Caldera.

Expone la actora que el Servicio Local de Educación Pública no ha cumplido con su obligación constitucional ni legal de proveer y garantizar el derecho a la educación de 66 NNA de la comuna de Caldera, los que se encuentran sin matrículas ni alternativa educativa, infringiéndose flagrantemente sus garantías fundamentales, vulneración que se ha prolongado por dos meses.

Añade que los NNA que están efectivamente cursando su enseñanza en los establecimientos educacionales lo están haciendo en deficitarias condiciones de infraestructura, sanidad y alimentación, lo cual también implica una afectación de sus garantías fundamentales.

Indica que la SEREMI de Educación de Atacama también es parte de estas vulneraciones, toda vez que no ha entregado financiamiento, ni tampoco se ha pronunciado sobre las solicitudes planteadas por el Municipio, ni por el Servicio Local de Educación Pública de Atacama.

Sostiene que la omisión de las recurridas vulnera las garantías establecidas en el artículo 19 N°2, N°10 y N°11 de la Constitución, y solicita se ordene a las recurridas entreguen las matrículas en la comuna de Caldera a los 66 NNA en favor de quienes se recurre, así como también realizar las obras a efectos de hacer dignas las condiciones de estudios de estudiantes de la comuna de Caldera.

La Corte de Copiapó declaró admisible el recurso, pero denegó la Orden de no Innovar solicitada por la recurrente.

 

Vea texto de la resolución Corte de Copiapó Rol N°600-2022 y del recurso.

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