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Imagen: www.eitb.eus
En fallo unánime.

TEDH resolvió que el Estado Lituano vulneró la objeción de conciencia de un ciudadano llamado a realizar el servicio militar.

La negativa del Estado a respetar la objeción de conciencia al servicio militar del solicitante no era necesaria en una sociedad democrática.

12 de junio de 2022

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió condenar al Estado Lituano a pagar 3.000 euros a un joven testigo de jehová, al considerar que se violó su derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, consagrado en el artículo 9 de la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH).

Los hechos comenzaron cuando Stanislav Teliatnikov fue llamado en 2015 a realizar su servicio militar obligatorio, haciendo presente a sus superiores que, debido a su confesión religiosa, no podía cumplir con esta obligación, por lo que en reemplazo de ella propuso cumplir un servicio civil fuera de las estructuras militares.

Por su parte, la autoridad adujo que no era posible realizar una excepción en este caso, en razón de que los Testigos de Jehová no son una de las nueve religiones reconocidas oficialmente por Lituania, en virtud del artículo 5 de la Ley de Comunidades y Asociaciones Religiosas.

Ante esta negativa Teliatnikov llevó el caso a tribunales, llegando incluso a estrados de la Corte Suprema Administrativa, que finalmente falló en su contra al estimar que la objeción de conciencia no puede ser una razón para excusarse de cumplir con una obligación consagrada en la Constitución nacional.

Agotadas las instancias nacionales, en 2019 Teliatnikov demandó al Estado ante la TEDH obteniendo un fallo favorable.

En su sentencia, el tribunal señala que “el sistema lituano no logró un justo equilibrio entre los intereses de la sociedad y los del solicitante, que tiene creencias profundas y genuinas. En consecuencia, la negativa del Estado a respetar la objeción de conciencia al servicio militar del solicitante no era necesaria en una sociedad democrática”.

 

Vea sentencia

 

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